18 febrero, 2016
Patricia Bullrich: «A partir de ahora sabrán a que atenerse si cortan una calle»
Este miércoles se reunió el Consejo de Seguridad Interior donde fue aprobado el Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas, anunciado hace tiempo por el gobierno nacional. Esto supone una «limitación del derecho a la protesta», según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Este miércoles se reunió el Consejo de Seguridad Interior donde fue aprobado el Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas, anunciado hace tiempo por el gobierno nacional. Esto supone una «limitación del derecho a la protesta», según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Tal como señala uno de los puntos del nuevo protocolo, si quienes se estén manifestando se niegan a permitir la libre circulación, la fuerza de seguridad que esté actuando «procederá a intervenir y disolver la manifestación».
En este sentido, el texto difundido desde la cartera de Seguridad explica que “es deber del Estado asegurar el orden público (…) por ello ante la alteración del ejercicio equilibrado de derechos debe lograr su inmediato restablecimiento a los fines de garantizar la libertad de todos, y para ello debe brindar certezas respecto del accionar de las fuerzas de seguridad”.
Uno de los puntos en que más énfasis se pone es en las protestas que impiden la circulación, las cuales son consideradas delitos penales, tipificados en el artículo 194 del Código Penal, que establece: «El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, provisión de agua o sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años».
Entrevistada por radio La Red, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich explicó la forma de proceder a partir de esta nueva disposición. «Se les pedirá por favor que se retiren por las buenas y que hagan la manifestación en otro lado. Si no se van, los sacamos», dijo.
Asimismo desarrolló: «Les daremos 5 o 10 minutos, se les pedirá por favor que se retiren por las buenas». «A partir de ahora, sabrán a qué atenerse en caso de hacer lo que hicieron ayer», advirtió en referencia a los cortes de ruta realizados el día miércoles para pedir la liberación de Milagro Sala.
La funcionaria informó que en los próximos días les avisarán a las organizaciones sociales que «no podrán cortar las calles» y que «deberán hacerlo de manera ordenada cuando sea programada». «Cuando sea espontánea, procederemos casi inmediatamente», subrayó.
La ministra anticipó también que no se permitirá el uso de capuchas, palos o elementos contundentes entre los manifestantes: «Si hay una negativa para entregarlos, se los va a detener».
El protocolo puntualiza que “la libertad de un individuo o grupo termina donde comienza la del otro, manifestar en la vía pública es una de las formas de expresión de derechos amparados constitucionalmente, tales como el derecho de peticionar a las autoridades, el de libertad de expresión, de reunión o de huelga; los que a su vez suponen que quienes no participan de una manifestación en la vía pública no vean afectados sus derechos a circular libremente, a trabajar y a ejercer toda industria lícita, a comerciar, a educarse y demás derechos también amparados constitucionalmente”.
No obstante, desde el CELS consideraron que esto pone de manifiesto que «la circulación es más importante que la integridad de las personas y que los derechos a la protesta y a la libertad». Desde el organismo presidido por Horacio Verbitsky cuestionaron además que se «limita de manera inconstitucional el derecho a la protesta al colocar al ‘orden público’ por encima de todo».
«El protocolo amplía las facultades policiales para reprimir y criminalizar la protesta social. Al mismo tiempo, no prohíbe explícitamente el uso de arma de fuego en las manifestaciones, prohibición que se había logrado en 2004 y que fue volcada en la resolución 210/2011, ni el uso de balas de goma para dispersar la protesta», añadieron desde el CELS y subrayó: «Tampoco impone obligaciones de uso de uniforme, ni de identificación de los policías y de los móviles».
Finalmente señalaron que se «limita el ejercicio del trabajo periodístico y el efecto de control sobre los operativos policiales que puede tener al restringir el lugar en el que se deben ubicar los trabajadores de prensa que cubren la protesta». «Todas estas regulaciones son contrarias a los estándares internacionales sobre libertad de expresión y derecho a la protesta», concluyeron.
Foto: Ricardo Pristupluk / La Nación
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