Nacionales

15 diciembre, 2021

Amparo contra la prórroga de la Ley de Emergencia Territorial Indígena

Diputados salteños de Cambiemos presentaron la medida para declarar inconstitucional el decreto que extiende la normativa que dispone el relevamiento de territorios de pueblos originarios.

Los diputados nacionales por la provincia de Salta, Virginia Cornejo, Miguel Nanni y, hasta el 9 de diciembre, Martín Grande, presentaron ante la Justicia Federal un amparo constitucional contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 805/21, mediante el cual el Ejecutivo Nacional prorrogó la Ley N° 26.160, de Emergencia Territorial Indígena. 

Semanas atrás, el presidente Alberto Fernández firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para prorrogar la Ley 26.160, a pocos días de que caduque su vigencia. Esta decisión se debió a que la normativa ya contaba con media sanción de la Cámara de Senadores, pero la Cámara Baja no llegó a debatir antes de su vencimiento y si esto sucedía no iba a poder prorrogarse.

En diálogo con Página 12, la abogada Verónica Huber, especialista en derecho indígena, aseguró que se trata de «uno de los pocos DNUs que tiene una situación real de urgencia». «Si la Ley caía, y se seguía su tratamiento en la sesión, no se iba a poder prorrogar porque iba a ser en base a una ley que había perdido su vigencia», señaló.

Sancionada el 1 de noviembre y promulgada el 23 de noviembre de 2006, la ley de Emergencia Territorial Indígena declaró la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI) u otro organismo provincial competente. 

En aquel momento la ley establecía un término de cuatro años para realizar los relevamientos técnico, jurídico y catastrales de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades. Y suspendía, por ese mismo lapso, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objetivo fuera el desalojo o la desocupación de estos territorios. 

Desde su sanción en 2006 se han extendido los plazos de manera sistemática ya que nunca cumplió con el tiempo estipulado -que originalmente era de tres años- para llevar a cabo el registro correspondiente.

Según datos actuales del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), de las 1.760 comunidades indígenas registradas en el país solo 745 cuentan con el relevamiento culminado. Es decir que, resta más del 57% de las comunidades.

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