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7 noviembre, 2021

Fusión Cablevisión-Telecom: el Gobierno deberá decidir su nulidad

Este lunes el gobierno nacional deberá aceptar o no un pedido de nulidad sobre la concentración de telecomunicaciones más grande del país que favoreció la expansión del Grupo Clarín durante el macrismo.

En 2018 el gobierno de Mauricio Macri aprobó definitivamente la fusión de las empresas prestadoras Cablevisión y Telecom, a partir de la cual los accionistas del Grupo Clarín pasaron a ser los controlantes de esta última, permitiéndole ofrecer servicios de telefonía fija y móvil, internet y televisión, en Capital Federal, Gran Buenos Aires, Rosario y Córdoba. 

Es decir, quedó conformado de esta forma el primer “Cuádruple Play” (telefonía fija, móvil, internet y televisión) de Argentina. Con la fusión, el Grupo Clarín pasó a dominar a nivel nacional el 42% de la telefonía fija, el 34% de la telefonía móvil, el 56% de las conexiones a Internet por banda ancha, el 35% de conectividad móvil y el 40% de TV paga.

Pero este lunes, el Ministerio de Desarrollo Productivo deberá responder a un pedido de nulidad de la Resolución 374/2018, que enmarca la fusión y que se encuentra contemplado en el Expediente 9112/2019, tramitado ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal Nº 3, a cargo del juez Juan Rafael Stinco. 

Liliana Zabala, la abogada que inició el reclamo en representación de Jorge Horacio Sombra, definió a la unión como “fraudulenta”, tras haber detectado irregularidades. El pedido de nulidad se funda en la causal de violación de la Ley 25.188 de Ética Pública. Esteban Greco, ex titular de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) durante el macrismo, había sido integrante de la GRP Economía una consultora especializada que asesoró a Telecom y Cablevisión en asuntos de negocios. 

Según la normativa citada, el exfuncionario debía abstenerse de intervenir en su gestión en cuestiones “relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos tres años o tenga participación societaria”.

Como explica Zabala, para Greco ese plazo abarcaba desde el 1/2/2016 (cuando vendió su participación accionaria en GPR SA) hasta el 1/2/2019. Sin embargo, la CNDC le otorgó el visto bueno a la unión empresarial en agosto de 2018. 

Posteriormente, en 2019, la Oficina AntiCorrupción (OA) a cargo de Laura Alonso determinó que no hubo infracción de Greco pero que “debió y debe actuar conforme el principio de prudencia previsto en el artículo 9 del Código de Ética en la función pública”.

Cabe recordar que días atrás, el vicepresidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, informó a los demás miembros del tribunal que a partir de ahora intervendrá en causas de sus ex clientes, entre los que están Clarín, La Nación, La Rural, McDonald’s, Quilmes, el Grupo De Narváez y el fondo Pegasus. El caso Clarín es clave: la Corte tiene que definir sobre el decreto que establece las telecomunicaciones como servicio público y el control de la fusión Telecom – Cablevisión.

Consultado por Tiempo Argentino sobre las posibilidades de que el Estado avale el pedido de nulidad, Agustín Espada, doctor en Ciencias Sociales e investigador universitario, no se mostró optimista: “Clarín es socio mayoritario del grupo, tiene un fuerte accionar judicial y ya están paquetizados los servicios. Es muy difícil que se pueda retroceder sobre los pasos dados”.

¿Cómo se llegó a esta megafusión?

Con el objetivo de desembarcar en el mercado de las telecomunicaciones, el Grupo Clarín adquirió a través de Cablevisión (empresa de cable propiedad del grupo) la totalidad de las acciones de NexTel. En simultáneo, el fondo de inversión Fintech, propiedad del mexicano David Martínez, compró Telecom Argentina.

Ocurre que Fintech también tenía una participación del 40% en Cablevisión, por lo que se perfiló en el horizonte la posibilidad de que ambas empresas (CableVisión y Telecom Argentina) se fusionen en virtud de ofrecer una plataforma integrada tal como terminó ocurriendo con el favor de la política comunicacional del gobierno de Cambiemos.

Las consecuencias: el bolsillo de la gente

La restricción del sector a dos o tres actores no solo frena la inversión -debido a que la competencia merma- y genera prácticas desleales de competencia, sino que esto también afecta al usuario que queda encerrado y obligado a elegir entre unos pares de telcos (nombre genérico utilizado para designar a las grandes empresas de telecomunicaciones).

Las fusiones de los grupos económicos, además generar mayores niveles de afianzamiento de los monopolios de las empresas de medios, repercuten directamente en el bolsillo de los usuarios, debido a que las inversiones necesarias para el brindado de servicios, en el caso de algunas empresas, implican la inversión de sumas multimillonarias que serán costeadas a través de las facturas mensuales que llegan a los hogares de todo el país.

Cruzada judicial contra el Internet como servicio público

Mediante la reglamentación del decreto 690 en 2020, el gobierno nacional creó la Prestación Básica Universal obligatoria (PBU) con precios mínimos muy inferiores a los fijados por el mercado para este sector. 

Telecom, Clarín y las empresas de telecomunicaciones manifestaron su desacuerdo a través del inicio de reclamos judiciales, que terminaron en la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.

En abril pasado, la Sala II de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió –por mayoría– admitir el recurso de apelación interpuesto por Telecom contra la sentencia de primera instancia que rechazó la medida cautelar peticionada, y dispuso como medida precautoria la suspensión del decreto 690/2020 y de distintas resoluciones tomadas por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) dictadas en concordancia con el DNU.

Por su parte, tanto ENACOM como el Poder Ejecutivo Nacional interpusieron recurso extraordinario federal. Sin embargo, la Sala II rechazó el planteo, impidiendo la posibilidad de que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien resolviera el problema de fondo.

No obstante, los representantes del Estado Nacional interpusieron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia para que decida si se avoca al tratamiento de la cuestión.

Hace 2 semanas atrás, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual informó que solicitó a la Relatoría de Libertad de Expresión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU que intervenga ante la suspensión judicial del Decreto.

En la denuncia realizada, a la que accedió la agencia estatal Télam, se advierte al organismo de la ONU que la decisión de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que suspende la aplicación del contenido del decreto 690/2020 del Enacom para la empresa Telecom Argentina SA afecta derechos garantizados en tratados internacionales al impedir «el ejercicio de la libertad de expresión en el ámbito digital».

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