4 noviembre, 2021
Avanza el jury contra los jueces que absolvieron a los femicidas de Lucía Pérez
El próximo 23 de noviembre se realizará la primera audiencia del juicio político a los magistrados acusados de cometer los delitos de negligencia, incumplimiento de los deberes inherentes del cargo y parcialidad manifiesta.

El 28 de noviembre del 2018, los jueces Juan Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale (jubilado gracias a un beneficio otorgado por la exgobernadora bonaerense María Eugenia Vidal) decidieron absolver a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, acusados de haber cometido el delito de abuso sexual seguido de muerte de Lucía Pérez. Casi tres años más tarde, el próximo 23 de noviembre, se realizará la primera etapa del juicio político contra los magistrados que garantizaron la impunidad del femicidio de la adolescente de 16 años.
Tanto Gómez Uro como Viñas serán enjuiciados por “negligencia, incumplimiento del cargo y parcialidad manifiesta”. Durante la primera audiencia se analizará la “verosimilitud” del planteo para iniciar -o no- el debate en donde se definirá la posible destitución de los magistrados. En el caso de que se admita la acusación, ambos jueces quedarán inmediatamente suspendidos a la espera de que avance el proceso judicial.
A pesar de que el cuerpo de Lucía tenía rastros de haber sido víctima de una violencia extrema antes de morir, en su momento los jueces consideraron que no se pudo probar cuál fue la causa de la muerte de Lucía ni que haya sido abusada. “Lucía era de tener relaciones con hombres a los que apenas conocía, pero eso ocurría por propia elección y cuando ella lo quería”, había planteado la defensora de los acusados.
Según las pericias, Lucía fue abusada hasta la muerte bajo los efectos de drogas que le administraron sin su consentimiento. Su femicidio fue el motor del primer paro feminista en Argentina, que asentó enormes precedentes en nuestro país y en el mundo.
Luego de la absolución, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”. Marciel, el tercero de los acusados por el femicidio, falleció el año pasado.
En 2020, el Tribunal de Casación bonaerense anuló las absoluciones a los femicidas y ordenó la apertura de un nuevo juicio. Tras estos hechos, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, pidió que se lleve adelante un juicio político contra los jueces del Tribunal en lo Criminal Nº1 (TOC 1) de Mar del Plata.
Allí consideró que “la ausencia de la perspectiva de género provoca una afectación del acceso a justicia de las mujeres y por ende una grave vulneración de los derechos expresamente tutelados como grupo especialmente vulnerable, que no puede ser desconocida por magistrados”.
Esta acusación fue considerada por la Comisión Bicameral de Procedimiento para el Enjuiciamiento de Magistrados de Buenos Aires, que recordó que durante el primer juicio “se consignó en la sentencia que hasta cambiaba droga por sexo, que no podía ser fácilmente sometida y que no existió una relación de subordinación por mantener relaciones no consentidas”.
Según el informe, el TOC 1 se enfocó en “indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”.
Cristina Montserrat Hendrickse, abogada de la familia de Lucía Pérez, dijo al medio 0223 que “la destitución no es venganza, sino prevención”. “Confiamos, queremos y creemos que va a haber acusación, que va a ser admitida y que este proceso va a seguir adelante”, ratificó.
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