Nacionales

25 octubre, 2021

Vulnerabilidad inquilina: el 33% tiene deudas de alquiler

En el caso de las familias que percibieron el Ingreso Familiar de Emergencia, este índice alcanza el 41%. Las mujeres, los jóvenes, las personas trans y los inmigrantes son los que tienen mayores conflictos para conseguir un alquiler.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), junto con la Escuela Interdisciplinaria de Altos Estudios Sociales (IDAES) de la Universidad de San Martín (UNSaM) presentaron los resultados de la encuesta telefónica a hogares inquilinos en el Área Metropolitana de Buenos Aires. 

A través del Índice de Vulnerabiliad Inquilina (IVI), compuesto por doce variables diferentes, identificaron que “uno de cada tres inquilines encuestades declaró tener deudas de alquiler, una proporción que llega al 41% en los hogares que recibieron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) en 2020”. Además, el informe destaca que de aquellos hogares donde se percibe la Asignación Universal por hijo (AUH), el 45% está en situación de vulnerabilidad inquilina alta, en oposición al 26% entre quienes no reciben dicha asignación.

“Los hogares cuyo sostén económico es una mujer o una persona trans-travesti o no binarie se encuentran en mayor proporción en una situación de alta vulnerabilidad que aquellos hogares cuyo sostén económico es un varón”, agrega el escrito, que señala que esto se debe a las desigualdades a la hora de conseguir un trabajo formal, lo que deriva en un endeudamiento.

Esta situación se agrava en los hogares con niñes u otras personas que necesiten de cuidados diarios. “El IVI refleja que mientras entre los hogares no integrados por personas que requieren cuidados solo un 15% se encuentra en una situación de vulnerabilidad inquilina alta, en los hogares con integrantes que requieren cuidados la proporción llega al 35%”. Cuando la persona que sostiene el hogar es una mujer, el índice alcanza el 40%.

Otro de los puntos que evidencia la encuesta es el nivel de informalidad en los contratos: según el relevamiento, “más de la mitad de los hogares inquilinos refirió que carece de un contrato formal y alquila ‘de palabra’”. Esta problemática está vinculada a la dificultad de cumplir con los requisitos necesarios para avanzar en un alquiler formal, como el contar con una garantía propietaria o recibos de sueldo. “El IVI muestra que mientras que entre quienes cuentan con contrato escrito solo un 14% se encuentra en una situación de vulnerabilidad alta, los hogares que alquilan ‘de palabra’ este porcentaje llega al 43%”, dice el informe.

En la discriminación etaria de los índices, queda en evidencia que la población de entre 16 y 29 años registra el mayor nivel de vulnerabilidad: el 33%. “Se trata de una población que ingresa al mercado inmobiliario con una inserción laboral de mayor precariedad, ingresos irregulares y más dispuesta a aceptar situaciones desfavorables de alquiler”, describen los centros,al mismo tiempo que indican que este sector “con mayor frecuencia que los grupos de otras edades, alquila solamente una habitación, sin contrato escrito. Además, tienen menor estabilidad habitacional”.

“Les inquilines de villas y asentamientos también concentran altos  niveles de vulnerabilidad”, continuó el CELS. “En esta población la alta vulnerabilidad alcanza el 44%, contra el 26% de quienes lo hacen en el resto de la ciudad. Además, el alquiler en estos barrios populares necesariamente es de palabra, por lo que quedan excluidos de los mecanismos de protección previstos, orientados generalmente a quienes alquilan con contrato escrito”.

Según el organismo, “si bien la obligación de pagar el alquiler supone una presión económica y habitacional en general, las mujeres jefas de hogar, les migrantes, les jóvenes y quienes alquilan en villas y asentamientos, requieren políticas urgentes que respondan a sus dificultades particulares”.

Por eso, alertan sobre la necesidad de que se monitoree el cumplimiento de la Ley de Alquileres, a la vez de que se implemente el Programa Nacional de Alquiler Social, comprendido a través de la Ley 27.551 con el fin de facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal.

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