15 diciembre, 2020
Se promulgó la Ley Yolanda y la ratificación del Convenio 190 de la OIT
La primera normativa establece la formación de todas las personas que trabajan en la función en materia de ambiente y desarrollo sustentable. La Ley 27.580, por otro lado, busca la protección integral para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en el mundo del trabajo.

Mediante los decretos 992/2020 y 993/2020, firmados por el presidente Alberto Fernández, se estableció este martes por la mañana la promulgación de la Ley Yolanda y la Ley 27.580, que establece la ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo. Ambas normativas ya habían sido aprobadas por el Congreso de la Nación.
Ley Yolanda
La normativa fue bautizada en nombre de Yolanda Ortiz, la primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina. Tiene como objetivo “garantizar la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública”
“Los lineamientos generales deberán contemplar como mínimo información referida al cambio climático, a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, a la eficiencia energética y a las energías renovables, a la economía circular y al desarrollo sostenible, así como también deberán contemplar información relativa a la normativa ambiental vigente”, dice la Ley.
En el caso de que las personas se nieguen a recibir la formación obligatoria, la normativa establece que “serán intimadas en forma fehaciente por la autoridades”, y que “el incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente”.
Ratificación del Convenio 190 de la OIT
La Ley 27.580, que entrará en vigencia en junio de 2021, es un soporte fundamental para incluir la perspectiva de género en la negociación colectiva y de este modo, luchar por lugares de trabajo libres de violencia y acoso. Entre los principales aportes del Convenio 190 y su Recomendación, se encuentra la definición misma de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que se instituye como una conceptualización universal para todos los Estados sobre un fenómeno relativamente nuevo.
Gracias a la amplitud de la normativa, alcanza no sólo a les trabajadores formales, sino a asalariades formales e informales y también a quienes hayan sido despedides o estén buscando trabajo. Asimismo, contempla como espacio de protección el trayecto entre el hogar y el trabajo, los eventos sociales, capacitaciones y todo tipo de situaciones promovidas por la patronal, e incluye la violencia y el acoso realizados a través de las TIC (tecnologías de la información y comunicación).
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