8 octubre, 2020
El Congreso sancionó la Ley de Economía del Conocimiento
El objetivo de la nueva normativa es generar nuevos emprendimientos o mejoras de los servicios que brindan las empresas de la industria del Software, promoviendo beneficios fiscales de manera escalonada y segmentada.

Finalmente, luego de que la Cámara de Senadores modifique el proyecto original, la Cámara baja aprobó la Ley de Economía del Conocimiento, una normativa que busca alentar, mediante la otorgación de beneficios fiscales hasta el año 2029, a las empresas y emprendedores en el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías.
La iniciativa fue aprobada con 133 votos a favor, 5 en contra y 88 abstenciones, todas del bloque opositor de Cambiemos, quienes sostienen que muchas PyMEs no podrán acceder a los beneficios. «Hicieron una ley para zafar, para que no les digan que están matando la que promovió su mentor Néstor Kirchner. No hablen de empresas grandes o chicas. ¡No mientan! Nosotros hablamos de un chico de 17 años que hace una aplicación, tiene 9 empleados y cotiza en Bolsa. Y es un soñador», denunció la radical Karina Banfi.
El proyecto obtuvo media sanción en Diputados en junio de este año. Sin embargo, cuando llegó a Senadores se le aplicaron una serie de cambios, por lo que la Cámara baja tuvo que volver a dar su visto bueno, con las modificaciones incluídas. La nueva versión contempla el escalonamiento de los beneficios a las empresas según su volumen, ya sean grandes, medianas o pequeñas.
«No se trata de una cuestión discriminatoria sino de administrar recursos escasos, como los fiscales, para que los mismos vayan a los que más los necesitan, y por eso se orientó esa masa de recursos en ese sentido», explicó el diputado nacional Carlos Heller en su intervención.
Esta ley contempla a la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear. Las empresas podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% las contribuciones patronales que hayan pagado, y tendrán tiempo para utilizarlo «hasta 24 meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales», a excepción del impuesto a las Ganancias.
En el caso de que se contraten a personas travesti-trans; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de «zonas desfavorables», este beneficio aumentará hasta el 80%.
Los beneficios fiscales estarán vigentes hasta el año 2029, y tendrán una segmentación en la reducción al impuesto a las Ganancias: 60%, 40% y 20%, según el tamaño de la empresa (grandes, medianas y chicas, respectivamente). Éstas deben tener el 70% de sus ingresos procedentes del rubro tecnológico y si son servicios profesionales, deben exportar. Las que más facturen deberán invertir el 5% de la masa salarial en capacitación de sus empleados y/o destinatarios en general, las pymes el 2% y las mipymes 1%.
El aporte obligatorio a investigación y desarrollo también será segmentado (3% para las grandes, 2% y 1% para medianas y chicas), así como el porcentaje de facturación que deberán exportar con las actividades promovidas: el 13%, 10% y 4% respectivamente.
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