Géneros

10 septiembre, 2020

Hacia una reforma judicial feminista, popular y democrática

El proyecto de reorganización del fuero federal que presentó Alberto Fernández en el Congreso es una buena oportunidad para intervenir en el debate público, planteando los problemas del Poder Judicial que venimos señalando desde el feminismo popular.

Guadalupe Santana*

@puede_fallar

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Desde las colectivas Mala Junta (Vamos – Frente Patria Grande) y Atrapamuros lanzamos una campaña nacional por una reforma judicial feminista. Entendemos que el proyecto de reorganización del fuero federal que presentó Alberto Fernández en el Congreso es una buena oportunidad para intervenir en el debate público, planteando los problemas del Poder Judicial que venimos señalando desde el feminismo popular así como también nuestras propuestas, bien distintas de aquellas que pretende instalar la mirada punitivista. 

¿Por qué una reforma del Poder Judicial?

Luego de haberlo anunciado el 10 de diciembre en su discurso de asunción en el Congreso y tras varios amagues, finalmente el miércoles 29 de julio, AF presentó en Casa de Gobierno el proyecto de Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal que enviará al Congreso.

También anunció la creación por decreto de un Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público, integrado por expertes para la elaboración de informes sobre los problemas que se observan y la presentación de propuestas concretas para el mejor funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Consejo de la Magistratura de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa en el ámbito nacional. De esas recomendaciones saldrán los proyectos de ley que el Congreso de la Nación deberá debatir. 

No han sido pocos los gobiernos que presentaron propuestas de reformas judiciales. La justicia (mejor dicho, el poder judicial) ha resultado siempre un foco problemático por muchas razones las cuales pueden resumirse en que es poco democrática – de hecho es el único poder del Estado en cuya composición y contenido la ciudadanía no interviene directamente – y poco transparente, todo lo cual contribuye a generar espacios de mucho poder sin ningún control ciudadano. Además, para el común de la gente, el poder judicial representa algo poco accesible (en términos espaciales, económicos y simbólicos), maneja tiempos desfasados respecto de las necesidades urgentes, ofrece respuestas deficitarias, etc. Según el Informe del Observatorio de la Deuda Social de la UCA para marzo 2019, nueve de cada diez encuestades no confía en que les jueces/zas sean imparciales.

Luces y sombras de la propuesta del oficialismo

Concretamente, en la propuesta de reforma presentada por AF, la modificación del fuero penal federal ocupa un lugar central, fruto de la suma relevancia que tienen les magistrades de ese fuero en la agenda judicial, política y mediática tras protagonizar la persecución a la dirigencia opositora al gobierno de Mauricio Macri. En connivencia con lo más rancio de los servicios de inteligencia, una parte importante del fuero federal penal funcionó como una verdadera herramienta política de la derecha argentina en contra de los intereses populares, siguiendo la receta conocida como lawfare (guerra jurídica) como parte de la agenda estadounidense en la región (destitución de Lugo en Paraguay, de Dilma en Brasil, la detención de Lula, la persecución a CFK y las más recientes proscripciones a Evo y Correa, en Bolivia y Ecuador respectivamente). 

En ese sentido, la creación de nuevos juzgados y tribunales en el fuero así como la implementación del sistema acusatorio aparecen como las principales medidas dirigidas a generar una estructura judicial federal diferente que la que tenemos actualmente: menos protagonismo para les jueces (que serán reemplazados por los fiscales en la tarea de investigación de la causa) y un poder más distribuido en mayor cantidad de juzgados. Además, se apuesta por volver más transparentes los procesos de sorteo de causas y de selección de magistrades. Aquí se introduce un elemento interesante ya que se prevé la formación en materia de género de les concursantes como requisito.  

Otro punto que podemos destacar es la creación del consejo consultivo que evaluará el funcionamiento del poder judicial y los ministerios públicos, revisará el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la posibilidad de implementar juicios por jurados, entre otros puntos, de la que pueden surgir nuevas propuestas para una reforma mucho más profunda del poder judicial. Si bien una de las integrantes de este Consejo es una profesional del Derecho y feminista, como Marisa Herrera, lo criticable es que esté formado únicamente por abogades, perdiendo así la posibilidad de la mirada interdisciplinaria y de una mayor democratización del “saber judicial”. 

¿Qué diagnóstico hacemos desde el feminismo?

En términos del carácter masculinizado del poder judicial podemos pensar en su composición. Según el mapa de género de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema, en términos de personal administrativo, el 61% son mujeres pero se concentran en los escalones inferiores e intermedios. En los cargos superiores se reduce drásticamente su participación configurando una segregación vertical. Se observa que el 44% son funcionarias y el 28% de mujeres cumple roles jerárquicos: 25%, entre camaristas; en la Defensoría General de la Nación, son un 37%; en la Procuración General de la Nación, 28% y en las cortes, la diferencia es aún más notable entre ministras y ministros. 

Las mujeres quedan relegadas de los cargos jerárquicos debido a las tareas de cuidado históricamente asignadas a las mujeres ya que no tienen la misma disponibilidad de tiempo para hacer cursos de posgrado, especializaciones, etc. y no acceden a los concursos. También debido a barreras institucionales y culturales que generan un “techo de cristal” y dificultan la carrera profesional de las mujeres. A su vez, existen estereotipos de género que configuran algunas materias del derecho como “apropiadas” para varones (material Penal) y otras para mujeres (como Familia).

Por otra parte, el movimiento feminista, especialmente desde el primer Ni una Menos en 2015, ha contribuido con la masificación del cuestionamiento sobre el carácter patriarcal del Poder Judicial, a través de la crítica de los fallos sin perspectiva de género, las dificultades para garantizar el acceso a justicia por parte de las mujeres y disidencias, de la revictimización de estas identidades a lo largo del proceso así como también en las resoluciones mismas, que siguen sustentándose en estereotipos como la “mala víctima”, la “mala madre”, la impotencia del sistema frente a la violencia machista, etc. Si bien el poder ha sabido explotar estas críticas extendidas socialmente para reforzar el discurso punitivista, desde el feminismo se ha denunciado que el punitivismo no es una respuesta eficaz frente a la violencia machista. En gran medida, fruto de este activismo, en diciembre de 2018 se logró la sanción de la llamada Ley Micaela (N° 27499) de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.

Las categorías con las cuales interpretamos y ordenamos el mundo no son absolutas, sino que son el resultado de procesos sociales, políticos, culturales y -también- jurídicos, de disputas y cristalizaciones de relaciones de poder. Asimismo, eso que llamamos “justicia” adquiere una forma específica en su ejercicio que es el poder judicial. La “justicia” no es abstracta y neutral como supuestamente se la caracteriza, sino que es un poder estatal, llevado adelante por personas de carne y hueso, con estereotipos, prejuicios y valoraciones. En este sentido, a su vez, el poder judicial no es homogéneo a lo largo y ancho del país.

*Por Guadalupe Santana, militante feminista, Sec. de Juventudes de la Asociación de Empleades Judiciales de la CABA (AEJBA). 

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