5 agosto, 2020
Los directorios de las empresas deberán tener paridad de género
Así lo estableció una medida de la Inspección General de Justicia. La misma no tiene carácter retroactivo, sino que impactará en las sociedades en constitución. También revisarán discriminaciones en los estatutos.

Una resolución la Inspección General de Justicia (IGJ) establece que las empresas en constitución deberán tener paridad de género en sus directorios. “Una composición que respete la diversidad de género”, según lo establece la Resolución 34/2020.
La medida alcanza a asociaciones civiles en proceso de constitución; asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario y las sociedades anónimas nuevas. Como así también a las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado.
Además, en la memoria que realicen estas organizaciones deberá haber “una descripción de la política de género aplicada en la relación al órgano de administración”.
Y en caso de composiciones impares “el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos”.
A su vez, la norma no será retroactiva, por lo que las empresas y asociaciones ya constituidas no deberán cumpir con la paridad.
En tanto que se prevé revisar los reglamentos internos de las asociaciones civiles. Y denunciar ante el Inadi y el Ministerio de las Mujeres las disposiciones que “admitan o posibiliten discriminaciones arbitrarias”.
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