13 marzo, 2020
La Justicia estableció que la masacre de Pilagá de 1947 fue un genocidio
El asesinato de miembros de esa comunidad indígena por parte de fuerzas de la Gendarmería había sido calificado el año pasado, en un fallo de primera instancia, como un crimen de lesa humanidad. El Estado está ahora obligado a resarcir a las víctimas.

A principios de marzo la Cámara Federal de Resistencia ratificó una sentencia de julio de 2019 del Juzgado Federal nro. 1 de Formosa en que se condenó al Estado argentino por delitos de lesa humanidad. El caso refiere a la llamada masacre de Pilagá, sucedida en octubre de 1947 bajo el primer gobierno de Juan Domingo Perón, contra pueblos originarios en la actual provincia de Formosa.
El fallo de la Cámara, además, calificó lo sucedido como un genocidio -algo que no había estado presente en la primera instancia judicial-, tal como pedían los miembros de la comunidad indígena.
“La pretensión de la comunidad Pilagá de que sea reconocido el genocidio sufrido por su pueblo resulta a todas luces legítima y procedente, por lo que corresponde en esta instancia formular la declaración pertinente en tal sentido, a fin de que bajo dicho título sea rememorada la fecha de la tragedia”, sostuvieron las juezas María Delfina Denogens y Rocío Alcala.
Asimismo confirmó las medidas de reparación que debe llevar a cabo el Estado nacional. Entre ellas invertir en obras que determine el pueblo originario, garantizar becas estudiantiles por diez años, construir un monumento recordatorio y fijar la fecha de la masacre en el calendario escolar, entre otras.
En ese sentido se ratifica que la Federación Pilagá será la que administre los recursos de la reparación histórica y que esta debe ser colectiva y no individual porque es muy difícil detectar quiénes son víctimas directas. Es que las y los pilagá no estaban registrados en ningún organismo argentino al momento de la masacre. Otro de los motivos por los que no pudo tampoco calcularse el número exacto de muertes.
No obstante, todavía queda pendiente de resolver el reclamo de la devolución de los territorios. Al respecto desde el Grupo de Apoyo Jurídico para el Acceso a Tierras (GAJAT) se señaló que este punto “deberá ser objeto de un nuevo juicio, a fin de garantizar el adecuado derecho de defensa de la contraria, así como la intervención de la Provincia de Formosa”.
Es que «más allá de las argumentaciones procedimentales, es lícito recordar que el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, genera obligaciones también a los Estados locales y que, por lo tanto, estos deben reconocer la posesión y propiedad de las tierras que previamente ocupan y regular la entrega de tierras aptas para el desarrollo humano».
Por su parte, desde la Federación Pilagá sostuvieron que llevarán a la Corte Suprema los puntos que quedaron sin solución. En cuanto al reclamo territorial se trata puntualmente dos zonas, Oñadié y Pencolé que hoy son ocupadas por la Gendarmería. También exigirán que suban los montos de las reparaciones patrimoniales que son ínfimos en cuanto a las necesidades que tienen en las 22 comunidades en las que habitan más de siete mil personas.
El genocidio de Pilagá
El 10 de octubre de 1947 el Estado nacional envió a la Gendarmería a reprimir un supuesto levantamiento de los indígenas pilagá en lo que hoy es Formosa, pero en ese entonces era territorio nacional. Durante 20 días torturaron, asesinaron y violaron a las y los integrantes de la comunidad de La Bomba en las localidades de Las Lomitas y Pozo del Tigre.
La represión se llevó a cabo por el Escuadrón nro. 18 con colaboración de la Fuerza Aérea que disparó desde el aire a las personas que huían a esconderse en el monte.

“Arriba en el cielo, protegido por las alturas, un grupo de hombres uniformados y armados con una ametralladora Colt Calibre 7.65mm, capaz de disparar 600 tiros por minuto, se ‘enfrentan’ contra ciudadanos civiles desarmados, hambreados, con sed, con las ropas desgarradas, cargando sus enseres y huyendo con sus niños y ancianos a cuestas, los cuales deben abandonar a su suerte en el monte para intentar salvar sus propias vidas”, graficó la sentencia judicial.
Por su parte Ramón Rosa Galván, uno de los sobrevivientes, relató que vieron a los gendarmes llegar a caballo y quedaron “encerrados en las tierras de Curesti todo el día bajo el sol”.
“Los gendarmes preguntaban si se podía abrir fuego sobre los ‘perros‘, pero el comandante decía que todavía no, que no era el momento. Entonces le hablaron al Cacique Tapiceno por medio de su lenguaraz. Le dijeron que si le daban una o dos chicas ellos no abrirían fuego”, recordó y completó: “Entonces agarraron a la chica más linda de todas y el mismo comandante la llevó para el monte y la violó”.
Sin embargo esa parte de su declaración no es la más terrible. “Asinita era una chinita, cinco o seis meses tenía, y el jefe que venía al frente de la comisión ordenó que le metieran un tiro en la cabeza. ¡Eso he visto yo!”, relató.
Silvina Ramírez, integrante del GAJAT, dijo a Página/12 que «la masacre de Rincón Bomba representa una política de Estado que ha despojado, invisibilizado y perseguido a los pueblos indígenas y que subsiste avanzado ya el siglo XXI».
Por eso analizó que «la decisión de la Justicia de condenar a ese Estado represor, considerando los hechos perpetrados como crímenes de lesa humanidad en primera instancia y como genocidio en la sentencia de la Cámara Federal, demuestra un reconocimiento que ojala sea un intento de desandar ese camino».
Si llegaste hasta acá es porque te interesa la información rigurosa, porque valorás tener otra mirada más allá del bombardeo cotidiano de la gran mayoría de los medios. NOTAS Periodismo Popular cuenta con vos para renovarse cada día. Defendé la otra mirada.