Batalla de Ideas

30 septiembre, 2019

Reducción de indemnizaciones: el saqueo de un gobierno en retirada

Este lunes, mediante el decreto n° 669/2019 de necesidad y urgencia, el Ejecutivo decidió modificar la tasa de interés aplicable al cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral o muerte de un trabajador, originadas en accidentes o enfermedades laborales.

Ernesto Zas*

@ZasErnesto

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La sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 669/2019 que modifica el cálculo indemnizatorio para trabajadores y trabajadoras que sufran accidentes supone un grave retroceso en materia de derecho laboral.

Para poner en contexto: rige en nuestro país un sistema, cuya última modificación legal se hizo vía la ley 27.348, por el cual cuando un/a trabajador/a sufre un accidente o una enfermedad laboral tiene derecho a exigir una indemnización por la incapacidad que resulte de ese daño sufrido.

Un ejemplo concreto, en la línea de producción una de las máquinas falla y le corta un dedo al/a trabajador/a. Esa pérdida implica una disminución física, por la cual se fija un porcentaje de incapacidad. Con un cálculo matemático se establece la indemnización para la cual se toma este porcentaje, el salario que cobra en blanco el/la accidentado/a y de ello resulta un número que se lo actualiza al momento de la percepción del importe económico.

Hasta ahora era por la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación, es decir como un instrumento financiero.

Hay que decir que con una economía desestabilizada y un tipo de cambio incontrolable y considerando que desde la fecha del accidente o de la enfermedad hasta el cobro de la indemnización pueden pasar varios años, ni siquiera esa tasa de interés cubre la depreciación del monto. Como contrapartida las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) colocan la plata que no les pagan a los/as trabajadores en el sistema financiero, garantizándose ganancias inmorales a costas de aquellos/as.

Ahora el decreto modifica la tasa de interés por una menor. Los argumentos son descarados, propios de un gobierno que, en retirada, no intenta ni siquiera guardar las formas.

El Poder Ejecutivo Nacional dice que “actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones (…) asciende a niveles cercanos a 90%”. Según el decreto, este aspecto “ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma”.

La ofensiva contra el trabajo, en materia de accidentes y enfermedades, ha sido parte de una política sistemática de este gobierno y ha tenido expresiones en los tres poderes (decreto 54/2017, ley 27.348 y diversos fallos de la Corte Suprema, regresivos en la materia).

No hay ninguna necesidad ni urgencia en la modificación que, obviamente, perjudica a los/as trabajadores que ahora cobrarán indemnizaciones menores. Quienes dejan literalmente el cuerpo trabajando ven como un gobierno de salida se apresta a favorecer a los empresarios dueños de las aseguradoras.

* Abogado laboralista

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