Derechos Humanos

6 septiembre, 2019

El juicio Monte Peloni II finalizó con cinco perpetuas a genocidas

Los jueces Alfredo Ruiz Paz, Víctor Bianco y Luis Imas dispusieron, además, 8 condenas de entre 22 y 9 años y la absolución de 10 imputados, 8 de los cuales recuperaron la libertad.

Carolina Allievi

@CaroAllievi

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Luego de más de dos años de audiencias, con más de 100 testigos, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata condenó a Oscar José Bardelli, Eduardo Héctor Bernadou, Osvaldo Miguel Guarnaccia, Roberto Jorge Casares, Argentino Alberto Balquinta y Héctor Rubén Rinaldi a prisión perpetua e inhabilitación para ejercer cargos públicos de forma absoluta y perpetua.

En tanto que otros ocho represores recibieron penas altas: Walter Jorge Grosse fue condenado a 22 años de prisión, Héctor González Cremer a 20, Román Valdecantos, Luis Alberto Juárez, Raúl Ángel Córdoba y Santiago Alberto Padilla a 15, a Carlos Alberto Muñoz a 14 y Francisco Oscar Sarmiento a 9. Las absoluciones beneficiaron a Julio Tula, Horacio Leites, Roberto Fantini, Edgardo Viviani, Julio  Cazaux, José Forastiero, Juan Carlos Luján y Néstor Vapore. 

“De las cinco prisiones perpetuas hay dos que son muy buenas y que son novedosas. Una, es a un comisario de la Policía Bonaerense: Balquinta. Y otra, que es a un miembro del Ejército que solamente se ocupaba de la logística. Esto último es una rareza: que se condene a la pena más severa a alguien que se dedica exclusivamente a la logística y que no era más operativo”, sostuvo Guillermo Torremare, abogado querellante por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).

Además, agregó que de la sentencia “la nota más discordante es que fueron 10 absoluciones” e indicó que “hay tres que se dieron por la aplicación del beneficio de la duda en favor del reo. Es decir, que no se dio una afirmación, una certeza, de su inocencia sino que simplemente se los absolvieron porque los jueces dudan si efectivamente tienen la responsabilidad que se les endilgó o no”.

Sobre las siete absoluciones restantes Torremare explicó que “están vinculadas a un hecho policial que tiene que ver con el secuestro y la privación de la libertad de dirigentes sindicales en las empresas FABI y LOSA ubicadas en las afueras de Olavarría donde había conflictos gremiales. Y que el Tribunal no lo encuadró como delitos de lesa humanidad sino que en todo caso supuso que podían ser delitos comunes. Y si son delitos comunes por el paso del tiempo, la acción ya está prescripta. Y si la acción ya está prescripta no hay otra alternativa que absolver a los imputados”.

Finalmente, el abogado querellante por la APDH afirmó que “es importante que los juicios continúen desarrollándose para afianzar los valores de Memoria, Verdad y Justicia” y sostuvo que “el próximo 1 de noviembre el Tribunal dará a conocer los fundamentos de la sentencia». En ese marco analizarán «la posibilidad de una presentación de un recurso de apelación ante la Cámara de Casación”.

El juicio investigaba crímenes de lesa humanidad contra 37 víctimas que estuvieron secuestradas en el centro clandestino de detención, tortura y exterminio “Monte Peloni”, una casona ubicada en la zona rural de las afueras de Olavarría. El CCDTyE formó parte del circuito represivo que operó dentro de la denominada Subzona militar 12, junto con el Regimiento de Caballería de Tanques II “Lanceros General Paz” de Olavarría; la Brigada de Investigaciones de Las Flores (dependiente de la Policía Bonaerense); el Regimiento de Caballería de Tanques X y la Unidad Penal Nº 7 de Azul; y los CCDTyE “La Huerta” y “La Quinta” de Tandil.

Sobre los 23 imputados que llegaron a juicio –inicialmente eran 31 pero algunos fueron apartados por cuestiones de salud y otros fallecieron durante el proceso– pesaban las acusaciones por robos, coacciones, privaciones ilegales de la libertad, violación, tormentos y homicidio.

Particularidad de la semana: reincorporación del Balquinta al juicio

A un día del veredicto, la Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución de primera instancia que había suspendido el proceso contra Argentino Alberto Balquinta y de esa manera, el represor escuchó en vivo la sentencia que lo condenó a prisión perpetua. 

El apartamiento estaba fundado, según su defensa, en una supuesta incapacidad mental que impedía comprender las alternativas de un proceso judicial. Pero, el sábado 24 de agosto, dos días después de que lo separaran de ese proceso, Balquinta fue fotografiado por un vecino caminando a cinco cuadras del centro de Olavarría, y las imágenes llegaron a manos de la fiscalía.

Las querellas de la Comisión por la Memoria de Olavarría, la APDH y la fiscalía consideraron una «burla» a la Justicia con su «falso mal estado de salud» y, por lo tanto, celebraron el fallo de Casación.

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