Economía

1 septiembre, 2019

Un domingo y por decreto el Gobierno restringe la compra de dólares

La normativa faculta al Banco Central para decidir cuales serán los límites para adquirir divisa extranjera. Además se obliga a las empresas exportadoras a liquidar divisas y se permite el pago de impuestos con bonos.

Este domingo se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 619/2019. El mismo apunta a controlar el mercado cambiario, captar dólares mediante la liquidación de exportaciones y permite el pago de impuestos con bonos que fueron «reperfilados» por el Gobierno.

En su artículo primero, el DNU señala que «hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina (BCRA)».

Asimismo el artículo 2° plantea que el BCRA «establecerá los supuestos» en los que el acceso al mercado de cambios «para la compra de moneda extranjera (…) y las transferencias al exterior requerirán autorización previa». Esto se implementara en base a «pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas».

En la misma línea se dispondran «reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esta medida».

Según trascendió en algunos medios, el nuevo tope de compra sería de 10 mil dólares mensuales para personas físicas pero sin límite para la extracción de quienes ya tienen ahorros en divisa extranjera.

Finalmente, se habilita la posibilidad de pagar determinados impuestos mediante los bonos que entraron en «default selectivo» (es decir cuya fecha de pago fue reprogramada o «reperfilada»).

Se trata de los aportes y contribuciones con destino al Sistema Previsional Integrado Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, y al Fondo Nacional de Empleo.

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