8 enero, 2019
El proyecto de Régimen Penal Juvenil entusiasma al gobierno en la carrera electoral
Finalmente se dio a conocer el proyecto del nuevo Régimen Penal Juvenil que la administración de Mauricio Macri enviará al Congreso a fin de cumplir con su objetivo de bajar la edad de imputabilidad a los 15 años. Se trataría en febrero y según Patricia Bullrich establecerá “un régimen muy estricto».

Finalmente se dio a conocer el proyecto del nuevo Régimen Penal Juvenil que la administración de Mauricio Macri enviará al Congreso a fin de cumplir con su objetivo de bajar la edad de imputabilidad a los 15 años. Se espera que en febrero el Parlamento trate el expediente que, según la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, establecerá “un régimen muy estricto compuesto de imputabilidad y tratamiento para impedir que el joven avance en la carrera delictiva”.
En pleno año electoral y con la crisis socioeconómica en auge, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich adelantó la intención del gobierno de endurecer la mano con los menores de edad acusados de haber cometido un delito. El expediente fue armado junto al ministro de Justicia, Germán Garavano, quien desde 2017 insiste con la idea de bajar la edad de imputabilidad a los 14 años.
En concreto, el proyecto que este martes salió a la luz consta de 16 capítulos, 100 artículos y 1 anexo, y a lo largo del cuerpo establece que los procesos penales serán llevados a cabo por tribunales especializados creados a partir de un programa de capacitación para el Poder Judicial.
También se incorpora el control de la pena para aquellos adolescentes de entre 16 y 18 que hayan sido condenados y se establece un plazo de 3 años de duración para los procesos judiciales, mientras insta a los jueces a darles prioridad a estos casos, bajo sanción por mal desempeño.
Menores privados de su libertad
Por otro lado, el texto establece que el encarcelamiento del menor será “el último recurso, de forma fundada, revisable y por el plazo más breve posible”. Este tipo de sanciones serán aplicables para aquellos adolescentes que hayan cometido un crimen cuya pena sea de 15 años de prisión o más, o aquellos de 16 a 18 años que participen en hechos reprimidos con penas de hasta 10 años. En este punto, incorpora los “delitos de acción pública”, es decir, aquellos en los que el Estado actuará de oficio para juzgar al acusado apenas haya tomado conocimiento del caso. Sin embargo, la información no será de acceso público y todos los datos serán de acceso restringido.
El grado de tentativa será condenado de igual manera que el acto, por lo que un menor que haya sido encontrado culpable por delitos como tentativa de homicidio, violación o abuso sexual agravado, secuestro extorsivo o robo con armas de fuego, podrá ser encarcelado aún sin la haberse cometido el hecho en concreto.
Asimismo, en el artículo 50, se estipula que 15 años será el “plazo máximo” de prisión que se le podrá imponer a adolescentes y remarca: “Queda prohibida la imposición de reclusión y de prisión perpetua”.
Para el caso de prisión preventiva, la misma tendrá plazo máximo de un año pudiendo ser prorrogada por otro, y deberá ser revisada cada 3 meses, con participación de la víctima cada vez que la defensa solicite la excarcelación. Se dictará bajo los criterios habituales: peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación.
El borrador que fue filtrado a los medios de comunicación establece la creación de nuevas cárceles que funcionarán fuera de la órbita del sistema penitenciario. El confinamiento de los jóvenes será en “dependencias habilitadas y acondicionadas para tal fin, que estarán bajo dirección de personal civil”. Según el artículo 74, estas dependencias funcionarán de forma exclusiva y no podrán albergar a mayores de 18 años. En tanto, no se permitirá la presencia de miembros de las fuerzas de seguridad y la portación de armas, salvo en caso de “motín”. Asimismo, cada centro deberá contar con aulas para continuar la enseñanza primaria y secundaria, ya que no podrá interrumpirse el proceso de escolarización.
En el proceso judicial y durante la condena, el personal a cargo del joven recibirá capacitación especial y deberá trabajar sobre el sujeto de forma diferencial en todos los casos. Cada jurisdicción que adhiera al nuevo régimen deberá crear un equipo interdisciplinario formado por psicólogos, psicopedagogos y asistentes sociales.
Otras penas
En los casos que los menores no sean condenados al confinamiento, el nuevo régimen establece la aplicación de penas “socioeducativas”. Entre ellas, se menciona la asistencia a programas educativos, de formación ciudadana y capacitación laboral, deportivos, recreativos o de tratamientos médicos o psicológicos. Asimismo, las sanciones disciplinarias incluyen amonestaciones por parte del juez, prohibición de conducir vehículos de hasta 5 años, resarcimiento económico, limitación de residencia (mudanza o permanencia en un barrio), derecho de admisión o de relaciones (no más de 3 años), “abstención” de drogas o alcohol (menos de 3 años), y prestación de servicios comunitarios.
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