Derechos Humanos

11 diciembre, 2018

Condenas en la Causa Ford: se renueva la esperanza

Este martes el Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín condenó a Pedro Müller, gerente, Héctor Francisco Sibilla, jefe de seguridad, y a Santiago Omar Riveros, general de Campo de Mayo a 10, 12 y 15 años de prisión, respectivamente en un fallo histórico que pone de relieve el carácter cívico-militar de la última dictadura.

La historia de Pedro Troiani, ex obrero y delegado de la planta de General Pacheco de la empresa Ford sirve como testimonio de una época. La militancia sindical en el lugar de trabajo en los años previos a lo que sería la peor experiencia para la clase trabajadora argentina marcó su experiencia en la fábrica.

La represión, la tortura, la desaparición física como prácticas genocidas fueron los elementos más crueles y emblemáticos de la dictadura cívico-militar. Pero fueron, sobre todo, vehículos de la revancha de clase contra quienes se atrevieron a condicionar los ritmos y modos de producción, las condiciones de trabajo, de higiene y seguridad y, en última instancia, la tasa de ganancia.

La causa FORD es la número 2855 y lleva como carátula “MULLER PEDRO Y OTROS S/PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD”; ella se desprende de la llevada adelante contra Santiago Omar Riveros, responsable militar de la zona de defensa delimitada por el ejército argentino donde se encontraba la planta de la multinacional.

Este martes el Tribunal Oral Federal N° 1 de San Martín condenó a Pedro Müller, gerente, Héctor Francisco Sibilla, jefe de seguridad, y a Riveros, general de Campo de Mayo a 10, 12 y 15 años de prisión, respectivamente.

Troiani junto a otros 23 compañeros militantes fue secuestrado y torturado por miembros de las fuerzas armadas con la complicidad de los directivos de la Ford, que facilitaron información personal (propia del departamento de recursos humanos), recursos (vehículos fabricados por la empresa) e incluso el ingreso al establecimiento fabril para detener trabajadores, como a Pedro, a plena luz del día, en horario laboral y a la vista de todos.

Si bien Troiani vivió para contarla, al recuperar la libertad, fue despedido sin cobrar ningún tipo de indemnización debido a la aplicación de la ley de facto n° 21.400 que prohibía la actividad sindical. El capital no iba a permitir ninguna injerencia más en su lógica de reproducción.

Todavía hoy la multinacional se niega a colaborar con el esclarecimiento de lo ocurrido en sus plantas de producción, a pesar de los elementos contundentes que responsabilizan a sus directivos de la época. No es extraño, una vez que se indaga en cómo se construyó el imperio Ford.

La sentencia, cuyos argumentos se conocerán próximamente (porque hasta el momento el Tribunal sólo leyó el veredicto) llega tarde, luego de más de 40 años. En el ínterin murieron impunes el ex presidente de la planta, Nicolás Courad, y el ex gerente de relaciones laborales, Guillermo Galárraga, ambos con responsabilidad y compromiso en los delitos de lesa humanidad cometidos.

El Poder Judicial no es sinónimo de justicia. Pero este caso, como otros emblemáticos, se proyecta como un ejemplo esperanzador para seguir militando la memoria, la verdad y la justicia como banderas irrenunciables y sobre todo para reafirmar que la dictadura fue cívico-militar y que los grandes grupos empresarios se beneficiaron directamente del disciplinamiento de la clase trabajadora.

Ernesto Zaz y Manuela Díaz

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