29 noviembre, 2018
Caso Lucía Pérez: el narcopatriarcado opera sobre los cuerpos de las pibas
Por Marina Font. El martes pasado se conoció la sentencia del caso de Lucía Pérez, aquel femicidio precedido de abuso sexual que ocurrió en la ciudad de Mar del Plata, conmocionó al país entero, y provocó el primer Paro de Mujeres en octubre de 2016. El Tribunal absolvió de los cargos a los tres acusados, echando luz a los prejuicios y valoraciones machistas y misóginas que atraviesan estructuralmente al Poder Judicial.

Por Marina Font. El martes pasado se conoció la sentencia del caso de Lucía Pérez, aquel femicidio precedido de abuso sexual que ocurrió en la ciudad de Mar del Plata, conmocionó al país entero, y provocó el primer Paro de Mujeres en octubre de 2016. El Tribunal absolvió de los cargos a los tres acusados, echando luz a los prejuicios y valoraciones machistas y misóginas que atraviesan estructuralmente al Poder Judicial.
Ninguna sentencia iba a devolver a Lucía, mucho menos volver atrás lo sucedido, pero así y todo se esperaba que la condena a los responsables del hecho pudiera aliviar – al menos un poco- el dolor de su familia, sus amigas, sus compañeras..
Se esperaba, tal como lo dicen los jueces en reiterados tramos de su sentencia, una “condena ejemplar”. Una que resultara un pasaje de la pedagogía de la crueldad -esa del patriarcado que oprime a las mujeres, controlando, vigilando y ejerciendo violencia sobre los cuerpos- a una del cuidado, el respeto, la empatía, los derechos, la justicia.
En una sentencia que se parece más a un pase de facturas entre funcionarios del Poder Judicial que a una que busca esclarecer los hechos y buscar justicia, los tres magistrados dedican gran parte de sus votos a demostrar lo mal que se trabajó en la etapa anterior al juicio, y a hacer un poco más de lo de siempre: centrar la mirada en la víctima, sus hábitos, sus amistades, sus conversaciones con sus amigas, su vida sexual. ¿Y todo esto para qué? ¿Para fundamentar la condena? No, claro. Para fundamentar por qué este caso no puede encuadrarse dentro de las figuras de abuso sexual y femicidio.
La ausencia de perspectiva de género en el fallo es alarmante. No sólo está por debajo sino por fuera de los estándares jurídicos internacionales vigentes en la materia, que surgen de las Convenciones Internacionales suscriptas por el Estado Argentino y que gozan de jerarquía constitucional.
De acuerdo a los mencionados estándares, debe tenerse particularmente presente a la hora de interpretar las normas y la adecuación de los hechos a las mismas, la asimetría que rige las relaciones entre los géneros. Esta pauta interpretativa resulta básica para comprender cualquier situación de violencia de género.
Además, particularmente en este caso, se habla de una piba de 16 años que goza de la protección que le brinda la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que no es citada en ningún tramo de la sentencia. No sorprende. Toda la interpretación de los hechos tiende a adultizarla.
Los tres jueces afirman que Lucía no fue violada. Luego de realizar una serie de consideraciones sobre las pericias efectuadas y en base también a las declaraciones testimoniales, dan por acreditado que ese día Lucía mantuvo relaciones sexuales, pero que no puede darse por probado que las mismas hayan sido producto de un abuso, sino que fueron consentidas. A su vez dan por acreditado que Lucía falleció por intoxicación por el consumo de cocaína, y que uno de los imputados – Farías- le suministró esa droga, contrayendo por eso Lucía una deuda con él.
Como no se hallan en el cuerpo determinadas lesiones, se descarta la violencia sexual. Además, como Lucía no está para contar qué le pasó, se presume sin más que su destino es consecuencia de sus propias decisiones: que tenía carácter fuerte, que fue a encontrarse con Farías de manera voluntaria, que no se mostraba como una chica de su edad.
Sólo una interpretación de los hechos carente de toda perspectiva de género puede sostener semejantes argumentos. Sólo de un análisis que parte de que hay una relación entre iguales, donde la víctima y el victimario aparecen despojados de sus géneros es posible sostener estos fundamentos. La situación de evidente vulnerabilidad en la que se encontraba Lucía fue aprovechada por tres varones adultos que determinaron el curso de los hechos.
La condena de estos hechos resulta fundamental para reparar –al menos en el plano simbólico- y no legitimar. Una sentencia no va a cambiar la realidad, pero sí puede contribuir a hacerla un poco más justa, o como en este caso, a reproducir el orden vigente: patriarcal, misógino, clasista.
La relación entre las mujeres y las disidencias con los derechos y la justicia es una relación histórica de lucha y disputa. Fue a través de la organización en la calle que el movimiento feminista consiguió históricamente que sus demandas se pongan en agenda y muchas de ellas sean reconocidas normativamente. Desde el derecho al sufragio hasta el reconocimiento de las violencias o la identidad de géneros en leyes y convenciones internacionales.
Sin embargo todo este reconocimiento normativo no agota en absoluto la discriminación contra las mujeres en este ámbito si no se modifican los patrones culturales patriarcales y clasistas que atraviesan estructuralmente las prácticas de los operadores del derecho, fundamentalmente de jueces.
El narcopatriarcado atraviesa la vida y opera sobre los cuerpos de las pibas y desde los ámbitos institucionales, particularmente el poder judicial, se reproducen y legitiman esas violencias Este es un caso paradigmático que muestra a las claras los preconceptos y estereotipos desde los cuales tres jueces varones hablan sobre la vida y la muerte de una adolescente, hija de una familia de laburantes de un barrio humilde de Mar del Plata.
Es fundamental organizar la bronca y dar las disputas necesarias en la calle y en las instituciones para cambiar todo lo que deba ser cambiado. En ese camino estamos: frente a la impunidad, más feminismo.
*Integrante de la Dirección de Políticas Feministas de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP)
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