15 junio, 2017
El PRO y la UCR votaron restringir el derecho a huelga en Córdoba
Tras el conflicto laboral que llevó a una huelga de más de una semana de las y los choferes de colectivos y trolebuses de Córdoba, la legislatura provincial decidió declarar como «servicio esencial» el transporte público. De esta forma, se obliga a que cuando haya paro, se deba garantizar un servicio mínimo.

Tras el conflicto laboral que llevó a una huelga de más de una semana de las y los choferes de colectivos y trolebuses de Córdoba, la legislatura provincial decidió declarar como «servicio esencial» el transporte público. De esta forma, se obliga a que cuando haya paro, se deba garantizar un servicio mínimo.
La normativa fue aprobada el miércoles por la tarde con 57 votos a favor de Unión por Córdoba, UCR, PRO y Frente Cívico. En contra se manifestaron cinco legisladores del kirchnerismo y Encuentro Vecinal y hubo ocho ausentes -a modo de protesta- de la izquierda y diputados ligados al sindicalismo.
Mientras se realizaba la sesión, afuera de la Legislatura unicameral cordobesa se llevaba a cabo una protesta para rechazar esta legislación que implica limitar el derecho a huelga, consagrado en la Constitución Nacional.
Efectivamente, y tal como reseñó el diario La Voz del Interior, «el gran punto de discusión entre quienes estaban a favor y en contra» estaba relacionado con el hecho de si la Provincia «tiene competencia para legislar sobre temas que son inherentes a la Constitución Nacional, como es el derecho a huelga».
Sin embargo la ley 10.461 aprobada el miércoles establece en su artículo primero que “cuando el ejercicio de una medida de acción directa involucre o comprometa la interrupción o suspensión de actividades que pueden tener consecuencias para el goce de los derechos constitucionales (…) sea por tratarse de servicios esenciales, relaciones de empleo público o prestaciones de servicios públicos, deberá garantizarse un conjunto básico de prestaciones y personal, a fin de asegurar su continuidad y regularidad, bajo las pautas y modalidades previstas en la presente ley”.
Para que no queden dudas aclara que los servicios de transporte público de pasajeros “quedan expresamente comprendidos entre los referidos en el artículo anterior, a efectos de dar cumplimiento a las garantías mínimas de prestación y de asegurar el goce de los derechos constitucionales, en el marco de los principios establecidos por la Organización Internacional del Trabajo receptados por la República Argentina”.
A esas limitaciones a un derecho laboral básico se le suma que el artículo 7 dispone que la parte que se propusiese ejercer medidas de acción directa tales como paros “deberán dar preaviso a la otra parte” y también al Ministerio de Trabajo “en forma fehaciente y con cinco días de anticipación a la fecha en la que se hará la medida”.
Finalmente se establece como sanción a quienes incumplan esta ley una pena de hasta tres días de arresto y que la autoridad de aplicación de la ley «fijará los servicios mínimos indispensables para asegurar la prestación del servicio”.
Los sindicatos ya anunciaron que recurrirán a la Justicia para declarar anticonstitucional la nueva legislación. “Una vez más, el poder político intenta avanzar sobre los derechos de los trabajadores. Vienen cocinando a fuego lento la criminalización de las protestas sociales y gremiales, vienen tratando de demonizar a los trabajadores organizados a través de los medios hegemónicos… ahora, quieren reglamentar y restringir el derecho a huelga declarando al transporte como servicio esencial”, declararon un amplio arco de sindicatos y centrales obreras cordobesas en un comunicado.
Foto: La Voz / Ramiro Pereyra
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