América Latina

29 mayo, 2017

AMARC presentó ante la CIDH un informe sobre libertad de expresión y radios comunitarias

En el marco del 162º Período de Audiencias de la CIDH, la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (ObservaCom) presentaron un informe sobre la regulación y las políticas públicas sobre medios comunitarios en países del Cono Sur.

Los días 24, 25 y 26 de mayo se llevó a cabo en Buenos Aires el 162º Período de Audiencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (ObservaCom) presentaron el viernes un informe sobre la regulación y las políticas públicas sobre los medios comunitarios en países del Cono Sur.

El objetivo fue que la CIDH tuviera en cuenta los informes presentados para la elaboración de documentos sobre libertad de expresión. La Comisión planteó también la posibilidad de elaborar una ley marco con estándares específicos para medios comunitarios, que funcione como faro para todos los Estados.

La exposición de Damián Loreti, vicepresidente internacional de AMARC, dio cuenta de algunos retrocesos en los derechos adquiridos, en aplicación de la ley y la falta de implementación. Varias de las problemáticas que se visibilizaron en los informes de los países del Cono Sur son similares a las que vienen enfrentando y denunciando en la Argentina los medios populares.

Muchas veces el reconocimiento legal no alcanza. Un ejemplo de esto es la definición de qué significa “comunitario”, ya que si se circunscribe el término a una comunidad indígena, vulnerable o alejada trae problemas aparejados. “Porque una definición de qué es la comuna, como ha pasado en Ecuador o en Chile transforma la radio en una radio de menor alcance, menor jerarquía. Por eso uno de los tópicos es reconocer radios que no estén limitadas a localizaciones geográficas. Esto ocurre en Perú y en Paraguay donde la definición manda a que sean radios rurales o alejadas”, explicó Loreti.

El acceso a las licencias es otro punto de desigualdad. Las exigencias para radios comunitarias y comerciales a la hora de los concursos, aunque éstos se planteen por separado, terminan siendo iguales, en radios con condiciones materiales completamente diferentes.

En Perú, por ejemplo, el criterio de adjudicación está vinculado a la oferta económica de cuál es el compromiso que se va a plantear. En otros países, los umbrales son de funcionamiento: exigen informes elaborados por ingenieros en zonas donde no hay profesionales. Esto implica un gasto extra para la emisora, sin mencionar los costos del informe y otros trámites legales.

Existe también la discriminación para uso del espectro: en el caso de Brasil específicamente, la legislación indica que en una situación de interferencia la prioridad la tiene la radio comercial. Esto viola el principio de igualdad de oportunidades.

Al mismo tiempo, en Paraguay, el Ministerio Público interviene secuestrando equipos sin posibilidad de defensa previa.

Se evidencia por medio de estos ejemplos una obstrucción en el acceso a las licencias, en algunos casos porque no se libera el espectro, porque no se abren concursos o porque es discriminatorio el modo de acceso.

Loreti destacó que “casi por definición la radio comunitaria esta conformada por defensores de derechos humanos, gente que trabaja para sus comunidades”, sin perseguir fines de lucro .

La concentración de medios es cada vez mayor en América Latina y eso genera una estrangulación a los medios comunitarios. Confinar a los medios comunitarios, alternativos y populares a la emisión exclusiva vía internet no es una posibilidad viable. Internet es pago y “se sabe qué se escucha y se ve. La radiodifusión abierta mantiene el anonimato del receptor, es gratuita y es lo que queremos seguir sosteniendo”, concluyó.

Leticia Garziglia – @letigarziglia y Noelia Depaoli – @_Depy

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