17 mayo, 2017
Las cosas por su nombre: la violencia sexual como crimen de lesa humanidad
Notas entrevistó a Carolina Allievi, Licenciada en Comunicación Social, quien trabaja en un proyecto de juicios de lesa humanidad de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) e investigó los delitos sexuales cometidos durante la última dictadura cívico militar desde una mirada comunicacional y cultural.

Notas entrevistó a Carolina Allievi, licenciada en Comunicación Social, que trabaja en un proyecto de juicios de lesa humanidad de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) e investigó los delitos sexuales cometidos durante la última dictadura cívico militar desde una mirada comunicacional y cultural.
– Analizaste casi un centenar de juicios de lesa humanidad y si bien los delitos sexuales eran denominador común, las condenas por éstos apenas eran siete. ¿Qué explicación encontraste?
– Justamente esa fue la pregunta que guió mi investigación. Mi interrogante inicial fue: por qué de 93 juicios de delitos de lesa humanidad sólo en siete hay condenas por delitos sexuales autónomamente de las torturas. Si existen testimonios desde las primeras denuncias en la CONADEP, sobre todos los tipos de violencias sexuales que sufrieron las víctimas, desde la desnudez forzada, abusos sexuales y violaciones, “tocamientos” -como le dicen en términos jurídicos- o manoseos, y todo lo que hoy entendemos como abusos y delitos sexuales desde siempre, ¿por qué sólo hay siete condenas? Mi hipótesis es que hay una disputa sobre el sentido de lo que es la violencia sexual. Los delitos sexuales están presentes en la gran mayoría de los testimonios, pero recibieron diferentes interpretaciones.
Me gustaría aclarar que el corpus con el que trabajo lo constituyen las sentencias de juicios de lesa humanidad que van desde el año 2006 -gracias a la nulidad de las leyes de impunidad se inicia un nuevo periodo de enjuiciamiento- hasta marzo de 2014.
De los 93 casos que analicé, 28 tenían testimonios de violaciones sexuales, 40 de abusos sexuales y solamente 25 (menos del 30%) no incorporaban ningún tipo de elemento referido a las violencias sexuales ejercidas sobre los y las detenidas.
Esos testimonios fueron interpretados de manera diferente según la cadena de significantes que le dan sentido al concepto, a la palabra; que en el caso que yo trabajé sería la violencia sexual. Entonces busqué estudiar qué sentido le daban a la violencia sexual, si se la interpretaba como una práctica más de tortura o si se trató de una práctica diferenciada. Lo que detecté fue que la violencia sexual actualmente no está dentro de los discursos legítimamente decibles, escuchables, opinables. Hay un desacople entre la incorporación de estos testimonios de violencia sexual y la incorporación específica en las sentencias. Sintéticamente, hay pocas sentencias como delitos autónomos porque actualmente esos discursos entendidos como violencia sexual aún no están dentro de los discursos hegemónicos por lo tanto se los incorpora dentro de la tortura en general.
Además tuvieron que ver también los tiempos judiciales. Los juicios tienen diferentes instancias. Antes del juicio oral se hacen las acusaciones, para que el acusado pueda defenderse. Muchas veces lo que pasó en estas sentencias es que estos testimonios específicos sobre violencias sexuales aparecían de manera tardía y no podían ser incorporados para cambiar el delito del que se acusaba.
Todo lo que tiene que ver con los delitos de la dimensión de géneros y sexualidades son una dificultad para la Justicia. Lo que pasa en concreto con los crímenes de lesa humanidad es que esos delitos hoy son inaudibles para la Justicia. Que existen ciertos paradigmas vinculados a esta dimensión que todavía no están incorporados en la trama judicial y que entonces vuelven inaudibles esos relatos. Sin embargo, estos no desaparecen sino que se vuelven audibles en términos de torturas pero inaudibles como delitos sexuales. Con lo cual, la dificultad estaría en hacer audibles estos relatos en términos de géneros y sexualidades.
Igualmente quiero decir que hay cambios culturales y sociales que hacen que estas dimensiones comiencen a ser incorporadas y aceptadas. Aquí creo que el aporte de la lucha del movimiento de mujeres y de los organismos de derechos humanos fue y es fundamental, y que a partir de esos cambios se empiezan a reinterpretar esos delitos, comienzan a ser catalogado como deben ser, como violaciones y delitos sexuales. No es que no estaban presente en los juicios sino que se los interpretaba como un elemento más de la tortura. La APDH y muchas otras querellas incorporan la violencia sexual y de género en sus alegatos.
– ¿Existen antecedentes de la violencia sexual en conflictos armados y crímenes de lesa humanidad?
– En todos los conflictos bélicos siempre la sexualidad fue utilizada como eje para destruir a un “otro”. En términos foucaultianos, uno se constituye como individuo a través de su sexualidad. Por eso siempre fue atacada. Para Foucault, el sexo cumple una función central a la hora de la constitución de la identidad de los sujetos, y a través de lo cual pueden acceder a su inteligibilidad y a la totalidad de su cuerpo.
Lo que se desprende de los testimonios es que los ataques a sus cuerpos, a sus genitalidades, a sus sexualidades eran prácticas sistemáticas y que tenían resultados muy perturbadores. Lo que se obtenía con aquellas prácticas era vulnerar al cuerpo como totalidad y atacar, por tanto, el núcleo de su identidad.
– ¿Hubo una práctica de violencia diferenciada hacia las mujeres?
– La desnudez forzada era un denominador común, el tema es que a las mujeres se las sometía a otro tipo de agresiones. Es muy importante leerlo en el contexto de la sociedad patriarcal en la que vivimos, donde ser femenino es percibido como un “ser para otro”. El cuerpo de la mujer es un cuerpo para otro, es un cuerpo para un varón. En el contexto concentracionario, eso se potenció. El cuerpo de las mujeres era percibido como un territorio de propiedad por parte de los varones y las mujeres quedaron relegadas a su condición de objeto. A veces como acumulación simbólica a la virilidad de los varones, los represores se adueñaban de las prisioneras: «marcaban territorio». Otras veces como botín, que ganaban cuando las mujeres eran detenidas junto a sus compañeros o cuando eran las novias o esposas de algún dirigente de Montoneros o del ERP que era buscado.
Además de por su género, las mujeres sufrieron otra serie de violencias de las que sólo ellas podían ser objeto en la medida en que anclan específicamente en la dimensión de la reproducción biológica: el terror de quedar embarazadas por causa de las violaciones; eran obligadas a practicarse un aborto; embarazadas que temían que sus hijos nacieran en cautiverio; que perdían su periodo o que cuando lo menstruaban no tenían con qué limpiarse.
Por otro lado, para entender por qué fue central el uso de la violencia sexual, y específicamente la violación, yo me paré desde los aportes que realiza Rita Segato. Ella explica las razones por las cuales el varón, en el sistema patriarcal, viola y encuentra tres respuestas: uno, se viola como forma de disciplinamiento cuando una mujer se corre del lugar que le corresponde según el sistema de estatus (patriarcado); dos, la violación es una agresión contra otro hombre, desafiando su poder mediante la apropiación del cuerpo de la mujer de aquel hombre; y tres, se viola para demostrar su fuerza y virilidad frente a otros varones y mejorar su status frente a sus pares.
Entonces, la violación hacia la mujer fue utilizada como una forma de disciplinar, como un ataque hacia otro hombre y no hacia la misma mujer; porque poseo el cuerpo que le pertenece a otro hombre y también como muestra de virilidad frente a otros pares. Esto está muy vigente hoy, cuando muchos femicidios tienen un móvil de poder más que sexual específicamente.
– ¿Había ensañamiento particular por ser mujeres militantes?
– Sí, hubo. La Doctrina de Seguridad Nacional fue el fundamento ideológico que sustentó la represión y estuvo fuertemente ligada a la Iglesia Católica. En ese sentido, se puede observar que la militancia en las mujeres fue mucho más cuestionada que en los varones. A las mujeres se las atacaba porque de alguna forma se corrían del rol típico y esperable de madre, esposa y se convertían en subversivas. Entonces se las violentaba, por un lado, para castigarlas y, por otro, para adoctrinarlas.
Otra cuestión interesante que pude detectar fue que en el contexto concentracionario se vivió una ruptura en cuanto al pacto que existe entre varones que estructuran el patriarcado. Que la violencia “legal” o permitida que se ejerce sobre las mujeres en la sociedad patriarcal se extendió a los hombres subversivos, y se los violentaba “como sí” fueran mujeres, feminizándolos, por ejemplo, violándolos con algún elemento.
Julia Pena – @penajulia
Foto: Gustavo Pantano
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