21 marzo, 2017
Una de cada diez leyes fue sancionada en dictadura
Nuestro país cuenta con 4.449 leyes vigentes, de las cuales 417 fueron aprobadas en la última dictadura cívico-militar. Las normas afectan desde el funcionamiento de bancos hasta la relación entre la Iglesia y el Estado, pasando por free shops en aeropuertos y el régimen penal juvenil.

Nuestro país cuenta con 4.449 leyes vigentes. De ellas, 417 fueron aprobadas en la última dictadura cívico-militar y el número crece a 998 si tenemos en cuenta todos los regímenes no democráticos desde 1930. Las normas afectan distintos aspectos de nuestra vida ciudadana, desde el funcionamiento de bancos hasta la relación entre la Iglesia Católica y el Estado, pasando por free shop en aeropuertos, la estructura aduanera y el régimen penal juvenil.
El 19 de abril de 1976 Clarín informaba el inició de actividades de la Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL). Este organismo kafkiano ya había sido anticipado en el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de la Reorganización Nacional dónde se establecía que “las facultades legislativas que la Constitución Nacional otorga al Congreso (…) serán ejercidas por el Presidente de la Nación” y “una Comisión de Asesoramiento Legislativo intervendrá en la formación y sanción de las leyes”. La disposición la firmaban Orlando Ramón Agosti, Emilio Eduardo Massera y Jorge Rafael Videla.
La CAL funcionó dentro del edificio del Congreso de la Nación -en el espacio correspondiente al Senado, que había sido disuelto el mismo 24 de marzo de 1976-. Sus nueve miembros fueron repartidos en forma equitativa para cada fuerza y fue presidido en forma anual y rotativa. Entre 1976 y 1983 esos nueve individuos lograron sancionar 2 mil leyes.
“Las llamadas leyes de la dictadura -explica el ex ministro de la Corte Suprema, Eugenio Zaffaroni- tienen una larga historia en nuestro país porque tuvimos varios gobiernos de facto -rupturas de la continuidad institucional- que emitieron actos legislativos y que, según dictaba una vieja tradición, cuando regresaba la democracia se votaba una ley ómnibus por la que se le daba carácter de ley a toda la legislación de facto. Esto se rompe en 1966 cuando la dictadura de Onganía empieza a emitir ya no decretos leyes sino leyes y las empieza a numerar como si fueran emitidas por el Congreso de la Nación”.
A su vez, una acordada de la Corte Suprema de Justicia en 1930 abrió el camino para celebrar que las fuerzas militares y policiales “necesarias para asegurar la paz y el orden de la nación” se habían comprometido a mantener “la supremacía de la Constitución y de las leyes del país”.
“La llamada doctrina de facto -continúa Zaffaroni- fue consagrada por la primera Corte Suprema Justicia de nuestro país respecto de Mitre y esa jurisprudencia fue recordada en la famosa y desgraciada acordada de 1930. Este reconocimiento del poder de facto de alguna forma legitimaba esos decretos leyes”.
De las 4.449 leyes que integran el digesto jurídico hay 998 que nacieron en dictaduras. 417 fueron aprobadas en la última dictadura cívico-militar que creó un órgano específico con oficiales de las tres armas y que llamó Comisión de Asesoramiento Legislativo.
La única dictadura de la que no han quedado leyes vigentes es la de José de Uriburu que inició en 1930. Pero aún existen 60 de la llamada Revolución del ’43, unas 86 de la autodenominada Revolución Libertadora y 435 de las dictaduras de Onganía, Levingston y Lanusse.
Sin embargo, existe una diferencia entre esos procesos y la última dictadura. Según la investigadora del Conicet y doctora en ciencias sociales, Paula Canelo, “la creación de un órgano de consulta jurídica es una muestra clarísima de la que la dictadura argentina del ’76 se proponía modificar o refundar las relaciones sociales. No hubo otra dictadura que tuviera un órgano de gobierno formado especialmente para hacer leyes”.
Y muchas de ellas son significativas: Ley de Entidades Financieras (21.526), Ley para el Personal de la Policía Federal (21.965), Régimen Penal de Minoridad (22.278), Ley de Inversiones Extranjeras (21.328) que dio beneficios a empresas de capital extranjero al igualarlas a las nacionales sin obligación de reinvertir en el país.
La Iglesia Católica no tuvo una ley sino varias: por un lado, la 21.950 de 1979 por la cual sus arzobispos y obispos cobran un sueldo mensual que equivale al 80% de un sueldo percibido por un juez nacional de primera instancia (hoy ronda los 77 mil pesos). Además les dio una jubilación mínima vitalicia a partir de los cinco años de ejercicio a través de las 22.430. Y más tarde llegaría la ley 22.950 que financia con una beca de un sueldo mensual a cada uno de los 1600 alumnos del seminario.
Una de las últimas leyes -confirmada ya por Reynaldo Bignone- fue la 22.924 que llevaba el título de Ley de Pacificación Nacional y en realidad funcionaba como una autoamnistía. Lo primero que hizo el nuevo congreso democrático el 22 de diciembre de 1983 fue derogarla. El entonces presidente Raúl Alfonsín afirmó que “las normas de facto no gozan de la presunción de legitimidad que beneficia a las de origen democrático, su validez precaria queda cancelada cuando, como en este caso, su contenido es claramente inicuo”.
Un año después se sancionaría la ley de Defensa a la Democracia (23.077) que derogaba normas relacionadas a la represión y el terrorismo de Estado. Eliminó del Código Penal argentino la pena de muerte y anuló la posibilidad de que los tribunales militares procesaran a civiles.
Todos los datos de esta nota fueron tomados de la web www.leyesdeladictadura.com editada por el grupo de investigación Periodismo en Profundidad.
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