Salud

14 marzo, 2017

Una obra social lo dejó sin cobertura por mudarse a una villa

La empresa IARAI S. A. tiene un convenio con la obra social de choferes de camiones. Dejó de brindar cobertura a Julián, un joven de 19 años que sufre polioencefalitis postsarampión desde los ocho. La cobertura se venía sosteniendo hasta que el paciente fijó nuevo domicilio en la villa 21-24. IARAI S. A. la considera “roja y peligrosa”.

La empresa IARAI S. A. tiene un convenio con la obra social de choferes de camiones. Dejó de brindar cobertura a Julián, un joven de 19 años que sufre polioencefalitis postsarampión desde los ocho. La cobertura se venía sosteniendo hasta que el paciente fijó nuevo domicilio en la villa 21-24. IARAI S. A. la considera “roja y peligrosa”.

La denuncia la hizo la Agencia Territorial de Acceso a la Justicia (ATAJO) ante la Defensoría del Usuario de Servicio de Salud. Solicitó la intervención del Estado para garantizar el tratamiento al joven.

El escrito presentado ante la Defensoría toma el testimonio del padre de Julián. Desde el 28 de enero no recibe atención de salud en situación de internación domiciliaria. El padre contó que la excusa que dio la empresa es que “la casa queda en una villa y para la gerenciadora es un zona roja y peligrosa”. Esto lo explicó a la familia un profesional de la salud. La familia se mudó a una casa dónde acondicionaron una habitación especial para Julián según las indicaciones prescriptas por la empresa IARAI S. A.

“Los médicos y enfermeros están dispuesto a ir al domicilio pero no los autoriza la obra social”, explicó el padre. Y agregó que el cambio de domicilio fue notificado verbalmente y luego mediante una nota. La familia fue recibida por la directora de la empresa y la coordinadora general de Enfermería antes de la mudanza. Ambas pidieron a la familia que acondicionaran una habitación en la nueva vivienda de acuerdo a criterios específicos. Pero una vez que se trasladaron a la villa 21-24 la obra social discontinuó el tratamiento.

En un caso como el de Julián la interrupción del tratamiento puede generarle daños graves, además de dificultades laborales a sus familiares. El padre afirmó: “Desde el sábado no puedo concurrir a mi trabajo porque me quedo 24 horas en casa para asistirlo”. Lo que pone en riesgo su puesto de trabajo y, por el mismo motivo, su continuidad como afiliado a la obra social.

La presentación de ATAJO ante la Defensoría presenta un plazo de 48 horas. En ese período la obra social está obligada a resolver el problema y revisar las acciones de la prestadora que podría encuadrarse como actitud discriminatoria según la ley 23.592 y también la de omisión según la ley 24.901 conocida como de discapacidad.

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