Economía

6 enero, 2017

Nuevos aumentos y recategorizaciones en el monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este viernes 6 de enero las nuevas categorías y aumentos para el régimen opcional para pequeños contribuyentes, conocido como monotributo. El aumento será del 75% para lo que respecta a los aportes directos al fisco.

En el Boletín Oficial del viernes 6 de enero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la nueva reglamentación del monotributo mediante la publicación de la resolución general 3982.

Vale recordar que el monotributo es un régimen opcional y simplificado para pequeños contribuyentes, es decir, es un impuesto que pagan los trabajadores que no se encuentran en relación de dependencia. Está compuesto por dos componentes:

El impuesto integrado: es calculado en base a los Ingresos Brutos (la facturación), la superficie de la actividad afectada, la energía eléctrica consumida y el monto de los alquileres devengados. Este impuesto se organiza según categorías que se van modificando de acuerdo a los ingresos. Este impuesto es el IVA.

Este impuesto aumenta, a partir del 1ro de enero de 2017, en un 75% para todas las categorías.

La cotización previsional fija: son los aportes jubilatorios y la obra social. En el caso de los aportes jubilatorios el Aporte Previsional básico será de $300 pesos e irá aumentando un 10% en cada suba de categoría. El aporte a la obra social se mantendrá en los $419 pesos mensuales.

Los nuevos valores a pagar

La AFIP publicó una nueva tabla con las categorías para 2017 y los valores a pagar en cada una de ellas, de acuerdo a la actividad que se realice.

montributo-2017

Fuente: Elaboración propia en base a datos de AFIP

La nueva reglamentación implica la creación de una nueva categoría, la A, para quienes facturen $84.000 anuales (7.000 mensuales) que deberán aportar 787 por mes, incluyendo la obra social y la jubilación. Además, permite el reingreso de los sujetos excluidos de oficio o auto excluidos durante 2016, quienes no deberán esperar tres años. Con estos cambios se espera que ingresen 150 mil nuevos contribuyentes al régimen opcional.

La AFIP informó que la conversión de categorías se realizará de oficio teniendo en cuenta los contribuyentes adheridos al día 31 de diciembre de 2016. Entre el 1ro y el 10 de enero la página de la AFIP adecuará los sistemas a los nuevos valores y normativas, razón por la cual no se podrá realizar operaciones como la emisión del Volante Electrónico de Pagos (VEP).

Las recategorizaciones que se realicen durante el 2017 serán en base a la nueva tabla que publicó la AFIP. Las obligaciones del mes de enero podrán efectuarse, excepcionalmente, hasta el 31 de enero de 2017.

Asimismo, el conjunto de elementos que integran el monotributo (montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, y las cotizaciones previsionales), tendrán un incremento anual en el mes de septiembre teniendo en cuenta la proporción de los dos últimos incrementos del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

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