27 diciembre, 2016
¿Gestionar para delinquir?: por qué procesaron a Cristina Fernández
Por Federico Dalponte. Las causas judiciales que conciernen a la ex presidenta avanzan al compás del oportunismo. Tras el procesamiento dictado por Claudio Bonadío, llegó ahora el turno de Julián Ercolini. Y si bien parece más robusto que el anterior, cierto halo político es inconfundible.

Por Federico Dalponte. El juez dice que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner formó parte “de una asociación (…) destinada a cometer delitos”. Traducido: asociación ilícita, de tres a diez años de prisión.
Y dice además, sin pestañear, que lo habría hecho “para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de los fondos asignados a la obra pública vial”. En síntesis: defraudación agravada, de dos a seis años de prisión.
Paradójicamente, es el mismo juego de delitos que mantiene presa a Milagro Sala. Según Eugenio Zaffaroni, en el caso de la líder de la Túpac Amaru, esa doble imputación es apenas un atajo para negar la excarcelación.
La situación de Cristina Kirchner parece ser diferente. Aunque no tanto. La novedad, en esta parte de su largo discurrir por Tribunales, es que las causas más serias no avanzan. La corrupción en sí misma, esa idea tan masticada de hacerse millonario aceptando coimas, sigue siendo borrosa. Las triangulaciones entre los hoteles de la ex mandataria, las financieras, las Islas Seychelles, todo parece demasiado sólido algunos días. Pero otros, no tan lejanos, terminan apenas en acusaciones genéricas, en imputaciones endebles.
En el procesamiento dispuesto este martes por el juez Julián Ercolini se conjugan aquellos dos delitos. Pero no son casuales. Para graficarlo: si al menos tres personas se juntan un viernes por la noche a planificar el saqueo de un supermercado, ya habrá delito de asociación ilícita. Y el robo posterior será, en todo caso, un segundo delito, autónomo del primero.
Fernández de Kirchner sostuvo, al enterarse de la resolución judicial, que “la asociación ilícita fue la figura penal (…) utilizada por todas las dictaduras para perseguir dirigentes opositores”. Y técnicamente es cierto. En el código penal original de 1921 su pena era bastante más leve que la dispuesta en 1974, en tiempos de turbulencia política. Hoy su escala penal es tan ridícula que resulta preferible que a uno lo condenen por cometer un hurto que por planificarlo en sociedad.
Sea como sea, lo cierto es que la situación judicial de la ex presidenta es delicada. De aquello se hace eco Ercolini. Cita como sugestivos antecedentes las pruebas aportadas por Margarita Stolbizer en la causa «Hotesur». De allí concluye que la relación entre el matrimonio Kirchner y el empresario Lázaro Báez, principal contratista de la obra vial en Santa Cruz, tenía fines delictivos.
Y tal vez los tuviera, pero el juez no tiene material suficiente para corroborarlo. Entonces va hacia el atajo. Comenta en su escrito, someramente, que es posible que los famosos hoteles de la ex presidenta fueran utilizados para lavar dinero. Pero tampoco puede probarlo. Para empezar, no está en sus manos; y para terminar, le importa poco. Le basta, en cambio, considerar que el vínculo entre ellos resulta evidente “a la luz de las noticias periodísticas (…), las diversas fotografías que los retratan juntos y la declaración de Jorge Leonardo Fariña”.
De las pruebas a las conjeturas
Las pruebas figuran en el expediente. Se citan informes de la Auditoría General de la Nación a cargo, en aquel entonces, del radical Leandro Despouy, pero fundamentalmente se analizan en detalle los expedientes de las licitaciones adjudicadas por el gobierno de Santa Cruz a Lázaro Báez.
Allí el aporte realizado por la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) fue determinante. Y vaya paradoja: la primera investigación sobre esta posible asociación ilícita fue iniciada en 2008, a raíz de una denuncia realizada por Elisa Carrió, pero sólo tomó impulso en abril de este año, cuando el nuevo administrador general de la DNV inició una nueva acción contra los funcionarios de la gestión anterior.
En ese sentido, Ercolini considera que hubo direccionamiento de las licitaciones, una malintencionada decisión de “colocar en puestos claves (del gobierno nacional) a personas afines”, un denodado privilegio oficial hacia la provincia de Santa Cruz, además de serias irregularidades en las etapas de adjudicación y ejecución. Todo -dice el juez sobre la ex presidenta- “con el fin de beneficiar indebidamente al amigo personal de su fallecido esposo”.
Y salvando la perniciosa redacción, es posible que todo eso sea cierto. Una demostrable incapacidad para ejecutar una obra, controles deliberadamente ineficientes, adjudicaciones arregladas, y más. Pero para sostener que existió una asociación ilícita -punto determinante del procesamiento-, el juez apela a la subjetividad. Se hunde en una interpretación peligrosa para arribar a la conclusión de que el gobierno anterior fue, en rigor, una banda delictiva pero institucionalizada.
Considera, por ejemplo, que los proyectos de ley de presupuesto eran elaborados “siempre con la prioridad de capitalizar a la DNV”, para desde allí favorecer a los contratistas amigos. Lo mismo, naturalmente, opina de los decretos, considerados por el juez como herramientas para evadir al Congreso. Este medio, dice Ercolini, “habría sido utilizado por la encausada con miras a evitar el debate parlamentario que suponían tales modificaciones que tenían por beneficiaria a Vialidad Nacional”.
En suma, la actividad administrativa como sospechosa. «Gestionar con el fin de delinquir» es la premisa básica de la causa. De nuevo, más despacio: el juez no abona la teoría de que hubo delitos en el ejercicio de la función pública, sino que se ejerció la función pública con el objetivo de cometer delitos.
De hecho, ni siquiera, en concreto, le imputa una actividad criminal. No considera que se enriqueció, ni que cobró coimas, sino todo lo contrario: dice que no cuidó el patrimonio público. “Permitió mediante su inacción -señala el juez- que las diversas irregularidades que lograron ser desentrañadas y que compusieron una trama criminal de una complejidad inusitada, acaecieran”. “Ello -concluye- con el objetivo de cumplir con los designios de la organización de la que formó parte”.
Allí es donde la causa toma un tinte político. Aquello, en concreto, es lo que habilita que Cristina Kirchner se defienda con armas iguales, con argumentos de coyunturas, con valoraciones políticas. Una pena en sentido jurídico. Para lo que queda, vendrá el tiempo de las apelaciones. Pero incluso para quienes reprueban en todo la gestión kirchnerista es una calamidad que los argumentos penales se tornen a veces tan antojadizos.
@fdalponte
Si llegaste hasta acá es porque te interesa la información rigurosa, porque valorás tener otra mirada más allá del bombardeo cotidiano de la gran mayoría de los medios. NOTAS Periodismo Popular cuenta con vos para renovarse cada día. Defendé la otra mirada.