Derechos Humanos

25 marzo, 2016

Operaciones secretas antisubversivas: las órdenes de la represión

El 17 de diciembre de 1976 el entonces jefe del Estado Mayor del Ejército, Roberto Viola, firmó una serie de documentos que daban órdenes estrictas a sus subordinados. Entre ellas: “El delincuente subversivo que empuñe armas debe ser aniquilado, dado que cuando las Fuerzas Armadas entran en operaciones no deben interrumpir el combate ni aceptar rendición”.

El 17 de diciembre de 1976 el entonces jefe del Estado Mayor del Ejército, Roberto Viola, firmó una serie de documentos que daban órdenes estrictas a sus subordinados. Entre ellas: “El delincuente subversivo que empuñe armas debe ser aniquilado, dado que cuando las Fuerzas Armadas entran en operaciones no deben interrumpir el combate ni aceptar rendición”.

El documento completo ocupa 380 páginas pero los pocos párrafos citados son los que utilizó la fiscalía en el Juicio a las Juntas. Es estremecedor leer, por ejemplo que se debe “aplicar el poder de combate con la máxima violencia para aniquilar a los delincuentes subversivos donde se encuentren. La acción militar es siempre violenta y sangrienta”. Para agregar que “se podrá operar en forma semiindependiente y aún independiente, como fuerza de tarea”.

Como hizo notar en ese momento el Ministerio Público Fiscal, es evidente que no se habla de aniquilar «el accionar» de los elementos subversivos, sino en forma directa de aniquilar a los individuos. Se define, por ejemplo, las operaciones de “emboscada”: “esas oportunidades de lograr el aniquilamiento no deben ser desaprovechadas, y las operaciones serán ejecutadas por personal militar, encuadrados o no, en forma abierta o encubierta».

Las operaciones de la represión ilegal estaban planificadas en todos sus detalles. Desde quiénes debían participar hasta qué objetos era conveniente tener a disposición: “Elementos a llevar: capuchones o vendas para el transporte de detenidos a fin de que los cabecillas detenidos no puedan ser reconocidos y no se sepa dónde son conducidos”.

En el apartado «Instrucciones para operaciones de seguridad» se lee: “Los tiradores especiales podrán ser empleados para batir cabecillas de turbas o muchedumbres”. Y, después: “La evacuación de los detenidos se producirá con la mayor rapidez, previa separación por grupos: jefes, hombres, mujeres y niños, inmediatamente después de la captura”.

Por último, el documento citado, caracteriza a los informantes: “Deberán ser inteligentes y de gran carácter y deberán tener una razón para serlo (creencia, odios, rencores, política, ideología, dinero, venganza, envidia, vanidad)”.

 

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