Batalla de Ideas

16 junio, 2015

Lanzan un nuevo protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo

Un análisis del nuevo Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la Interrupción Legal de un Embarazo, elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación. Aunque aún no tiene resolución ministerial, ya se encuentra disponible en la web.

Por Stella Maris Manzano*. El nuevo protocolo representa un salto cualitativo con respecto al anterior ya desde el título. En lugar de hablar de la no-punibilidad, o no castigabilidad del aborto, habla del mismo como un derecho, haciendo eco de lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo FAL. Habla del derecho al aborto, habla de su generalización, de que debe ser accesible a la mayoría de las personas, y no algo excepcional, destinado a unas pocas que entran en escasas y confusas causales.

El fallo FAL aclaró definitivamente que en el caso de violación toda mujer, niña o varón trans, tiene derecho al aborto, con sólo firmar una declaración jurada. Con respecto al riesgo para la salud, persistía en muchos médicos y operadores judiciales que esta causa comprendía sólo a las personas con riesgo de morir en caso de continuar el embarazo, o a las mujeres con graves enfermedades previas. Años de prohibición total y de silenciamiento contribuyeron a ello.

El Código Penal no pide riesgo de muerte, pide riesgo para la salud, sin especificar que el mismo debería ser grave y/o inminente. Aunque la antigua Guía hablaba de que la salud debía ser comprendida de manera integral, como el estado de bienestar físico, psíquico y social que la OMS define, para muchos médicos resultaba excesivo y poco claro. Muchos entendían que quienes trabajábamos usando este criterio “estábamos ampliando los límites del Código Penal”.

La verdad es que no era así. Este Protocolo deja claro que:

1.- El parto es mucho más peligroso que el aborto, en todo el mundo, y cita cifras de la OMS.

2.- Todas las mujeres o varones trans ponemos en riesgo nuestra salud y vida en cada embarazo y parto, y por lo tanto somos personas con derecho a reclamar un aborto legal, ya que es muchísimo menos riesgoso que llegar al parto.

3.- Explica claramente quien decide el riesgo para la salud o la vida. La vieja redacción del Código Penal, llevaba a pensar que quien decidía el riesgo era el médico o médica. La mujer era colocada en el lugar pasivo de aceptar la decisión del/la profesional, brindando su consentimiento para un aborto. Sólo era libre para arriesgar su vida, contra la voluntad médica, pero no libre de reclamar un aborto para salvarla contra esta misma voluntad.

La ley de derechos de los pacientes, vino a zanjar esta cuestión. En ella se deja claro que el riesgo lo decide la persona, la propietaria del cuerpo amenazado por la enfermedad, el accidente, el embarazo no planificado ni deseado que irrumpe de pronto y pone a la mujer o varón trans en la necesidad urgente de terminarlo cuanto antes, porque las semanas pasan rápido y si no lo logra pronto puede enfermar o morir, o vivir una vida indigna de ser vivida.

4.-El Ministerio se hace cargo con este Protocolo de la realidad epidemiológica del país. Las complicaciones del embarazo son la cuarta causa de muerte entre las mujeres jóvenes, de entre 15 y 34 años. El 11% de las mujeres de esa edad murió por esta causa en 2012. En 2013 no se presentaron las tasas de mortalidad relativa, por eso me remito a las cifras de 2012. En 2012, el 11% de las muertes vinculadas al embarazo se produjo por abortos clandestinos. Casi el 90% de las mujeres murió en etapas avanzadas del embarazo, parto o puerperio. El 56% murió por enfermedades que el propio embarazo provocó. Eran mujeres que comenzaron sanas el embarazo, y una complicación del mismo las mató.

Si el embarazo fue deseado, una puede aceptar más fácilmente estas muertes, pero no hay excusa si la mujer fue obligada a llegar a esas instancias. Es una vulneración del derecho a la salud, la vida y la autonomía corporal de las mujeres, niñas y varones trans.

5.- Advierte al personal médico que será pasible de sanciones legales si minimiza el riesgo para la salud vista desde una perspectiva integral, y niega abortos legales a cualquier persona que lo solicite.

6.- Permite la objeción de conciencia, pero aclara que todo médico tiene deber de informar sobre el derecho al aborto (cosa que ningún objetor hace en ningún lugar del mundo), y que sólo puede negarse a realizar ese aborto si deja a la mujer en manos de otro médico. Si no lo encuentra, está obligado a realizarlo él mismo. Esto es muy importante, debido a que en ningún otro caso se nos permite a los médicos poner nuestra “moral” por encima de los derechos básicos de las personas.

7.- Aclara, igual que la ley de Aborto No Punible de Chubut, que está prohibido emitir juicios morales sobre la decisión libre y autónoma de la persona que aborte.

8.- Brinda información clara y simple sobre los métodos para realizar abortos en primero o segundo trimestre.

9.- En la parte final adjunta modelos para consentimiento escrito y declaración jurada en caso de violación, aclarando en este caso que no se debe pedir el relato de la misma a la persona que la haya padecido, porque esto es violar su derecho a la privacidad, y es pedir más de lo que la ley exige. Si la persona decide denunciar, ya que el delito es de instancia privada, realizará el relato en el ámbito judicial como corresponde y se evitarán re-victimizaciones innecesarias.

Es auspicioso que por fin se reconozca el real alcance del Código Penal, que se respeten los tratados internacionales de DDHH que tienen que ver con la salud y la autonomía de las mujeres, que se respete el derecho de las mujeres, niñas  y varones trans a vivir “hasta la muerte natural”, sin que sus vidas sean arrancadas por muertes prematuras por partos forzados.

Este nuevo Protocolo saca por fin al aborto de la clandestinidad. Obliga a los profesionales de la salud a recetar misoprostol, a hacer los abortos haciéndose cargo del cuidado de las pacientes, en vez de trabajar “con criterio de reducción de riesgos y daños”, dejándola sola a la hora de conseguir la medicación y de lidiar con las eventuales complicaciones.

*Médica especialista en ginecología y medicina legal, Hospital Zonal Trelew, Chubut. Integrante de la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito y la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir.

Si llegaste hasta acá es porque te interesa la información rigurosa, porque valorás tener otra mirada más allá del bombardeo cotidiano de la gran mayoría de los medios. NOTAS Periodismo Popular cuenta con vos para renovarse cada día. Defendé la otra mirada.

Aportá a Batalla de Ideas