16 junio, 2015
Se extiende por nueve meses el plazo para renovar el DNI
El próximo 30 de junio vencía la prórroga para tramitar el nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI). Mediante un decreto el Ministerio del Interior y Transporte decidió extender el plazo hasta el 31 de marzo del años próximo.

El próximo 30 de junio vencía la prórroga para tramitar el nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI). Mediante un decreto el Ministerio del Interior y Transporte decidió extender el plazo hasta el 31 de marzo del años próximo.
Originalmente, la posibilidad de sacar la tarjeta DNI vencía en diciembre de 2014. En aquella oportunidad se anunció que se darían seis meses más para que aquellas personas que no habían podido realizar el trámite, lo hicieran. Ahora, con las elecciones nacionales tan cerca, se resolvió nuevamente dar más tiempo.
Según explicó el propio Ministerio en un comunicado el objetivo de “evitar confusión o posibles inconvenientes a la hora de ejercer el derecho al voto por parte de la totalidad de los ciudadanos”.
La resolución 2030/2015, publicada este martes en el Boletín Oficial, apunta que “a la fecha, el número de ciudadanos que aún no han realizado el cambio por el Nuevo DNI digital resulta mínimo en términos porcentuales de población, dando cuenta de lo efectivo y beneficioso que ha resultado el canje y la modernización documentaria para quienes habitan nuestro país”.
No obstante, se manifiesta «necesario atender las especiales circunstancias que atraviesa la fase final del canje establecido», considerando que coincide con «un año electoral marcado por la realización de sucesivos comicios de internas partidarias y elecciones generales a nivel local, provincial y nacional en todo el país”.
La nueva fecha límite para el recambio de DNI “toma en consideración evitar inconvenientes a los ciudadanos tanto en fechas festivas y período estival durante los cuales se movilizan millones de personas dentro y fuera del país, como en el inicio del ciclo lectivo”.
Finalmente se recuerda que el Código Electoral Nacional habilita a todas las personas empadronadas a votar con «todos los tipos de documento cívico, siempre que se trate del último ejemplar tramitado por el titular”.
Hay que recordar que quienes tienen la obligación de remplazar su documento son aquellas personas menores de 75 años que poseen el DNI de tapa verde, la libreta de enrolamiento o la libreta cívica. A través de la página de Internet del Ministerio del Interior se puede obtener la información necesaria para ver si se debe realizar el cambio y sacar turno para el trámite.
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