19 enero, 2015
Concentración por aborto no punible negado en Ezeiza
Este lunes desde las 10 de la mañana, distintas organizaciones y activistas nucleadas en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito se movilizarán al Hospital Interzonal de Ezeiza “Dr. Alberto Antranik” por un nuevo caso de aborto no punible negado a una niña.

Este lunes desde las 10 de la mañana, distintas organizaciones y activistas nucleadas en la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito se movilizarán al Hospital Interzonal de Ezeiza “Dr. Alberto Antranik Eurnekian” por un nuevo caso de aborto no punible negado a una niña.
Según informaron en un comunicado desde la Campaña, la niña se acercó junto a su madre el 5 de enero pasado a la dependencia sanitaria y fue atendida por la médica ginecóloga Silvia Pebe Florián, quien no solo desinformó a la paciente sino que también ejerció abuso de autoridad y violencia institucional al decirle que el aborto legal que la niña y su madre solicitaban no era posible por encontrarse “con un avanzado estado gestacional”.
“Esta médica no otorgó a la niña y a su madre todas las opciones sobre cómo interrumpir su embarazo y ejerció abuso de autoridad al quedarse con documentación que serviría a los fines de la investigación judicial para detener a su abusador”, explicaron desde la Campaña.
Cabe recordar que para la realización de los abortos legales, y según el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2012) cuando el embarazo proviene de una violación no se establece límite de semanas ni se requiere autorización judicial ni denuncia policial. Además, agrega el comunicado, la médica en cuestión ejerció violencia institucional según lo establece la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, “al realizarle preguntas sobre el hecho de violencia con el fin de retardar, obstaculizar o impedir que la niña tenga acceso a las políticas públicas y ejerza su voluntad”.
El Código Penal tipifica desde 1921 en su artículo 86 los abortos no punibles para los casos de violación o en los que se encuentren en riesgo la vida o salud integral de la mujer o la niña que lo solicitare. Luego de una batalla de casi un siglo por la interpretación del cuerpo de la norma, la interpretación definitiva la dictó la Corte Suprema.
Desde la Campaña insistieron en la importancia de la capacitación del personal médico en el conocimiento de los protocolos de atención de los abortos no punibles y consideraron “responsabilidad de las y los directores de los hospitales públicos, de las y los jefes de servicios y de las y los funcionarios estatales integrantes de los Ministerios de Salud provinciales y nacional la obligación de garantizar la realización de las interrupciones de gestaciones legales”.
No existe aún una resolución ministerial desde Nación que equipare los procedimientos de atención de los casos de aborto no punibles en todo el país. Así, la aplicación efectiva de este derecho para mujeres, niñas o adolescentes violadas o con su vida o salud integral en riesgo, depende tanto de la realidad provincial como de la voluntad de los y las directoras de hospitales y centros de salud y de los profesionales de la salud individualmente. Particularmente en la Provincia de Buenos Aires y el Área Metropolitana la situación es “preocupante”, según definieron desde la Campaña.
La convocatoria es en la calle L. N. Alem 349 (entre Ñandubay y La Merced), en la localidad Unión Ferroviaria del partido de Ezeiza, desde las 10.
Si llegaste hasta acá es porque te interesa la información rigurosa, porque valorás tener otra mirada más allá del bombardeo cotidiano de la gran mayoría de los medios. NOTAS Periodismo Popular cuenta con vos para renovarse cada día. Defendé la otra mirada.