Nacionales

28 mayo, 2014

El gobierno porteño no podrá limitar las asambleas de trabajadores

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto una disposición del gobierno porteño que buscaba limitar las asambleas de trabajadores. Los jueces consideraron inconstitucional la medida impulsada por la Dirección General de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dejó sin efecto una disposición del gobierno porteño que buscaba limitar las asambleas de trabajadores. Los jueces consideraron inconstitucional la medida impulsada por la Dirección General de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales.

En 2012 el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales (DGEGRL) que depende del Ministerio de Modernización, emitió una disposición que obligaba a los trabajadores a pedir autorización para realizar asambleas gremiales y realizarlas fuera del horario laboral.

La resolución establecía, entre otras cosas, que los trabajadores del Estado (de la ciudad) debían pedir autorización 72 horas antes para realizar una asamblea y esta ser evaluada para “no entorpecer el normal funcionamiento de las tareas”.

Ante esta situación, la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) presentó un amparo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la ciudad pidiendo la inconstitucionalidad de la normativa.

Recientemente el TSJ falló finalmente a favor del reclamo sindical. En la resolución, el Tribunal dice que “de la norma no surge que la misma habilite a la autoridad de la dependencia a prohibir, limitar o entorpecer en modo alguno la celebración de asambleas o el ejercicio libre de la actividad sindical”.

Esta sentencia está firmada por los jueces Ana María Conde, Luis Lozano, Alicia Ruiz, José Osvaldo Casas e Inés Weinberg y explica que la DGEGRL “carece de competencia” para dictar reglas sobre la actividad sindical.

En su momento, cuando la CTA presentó el amparo, el TSJ realizó una audiencia donde las partes fundamentaron su posición. Carlos Alberto Lelio, titular de la DGEGRL, argumentó diciendo que “estaba en una reunión social cuando se acercó una mujer de 70 años. Me dijo que había concurrido a un Banco Ciudad pero estaban tapadas las cajas porque había asamblea”, según reseña Infojus Noticias. El funcionario agregó que “lo que quisimos hacer fue armonizar el derecho de los trabajadores con el de los ciudadanos”.

Diego Morales, del Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS), que se presentó como amicus curiae (amigo del tribunal), participó de aquella audiencia y sostuvo que esta es una “cuestión central en la libertad sindical” y que “las reuniones en los lugares de trabajo son elementales”. Además, para el abogado, la disposición estaba “afectando una norma de carácter federal”.

El siguiente en intervenir fue Horacio García, apoderado de la CTA, quien planteó que “el ejercicio del sindicato sólo puede ser reglamentado por las leyes dictadas por el Congreso”. Por este motivo pidió en que los jueces declaren inconstitucional la disposición.

Finalmente el fiscal General Adjunto porteño, Luis Cevasco, consideró que “no existe colisión normativa” y que se trata son pautas que “no limitan, ni cercenan la libertad sindical”, apoyando así la resolución gubernamental.

Desde entonces el tribunal tenía 80 días para resolver sobre la cuestión de fondo. Con la feria judicial en el medio, terminó fallando recientemente a favor de la libertad sindical.

 

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