Géneros

28 abril, 2014

Rosario: producción de Misoprostol para los abortos no punibles

El Concejo Municipal de la ciudad de Rosario aprobó el proyecto para que los laboratorios de la provincia de Santa Fe, tanto municipales como provinciales, comiencen a producir misoprostol, la droga que tiene diversos usos en obstetricia, incluida la interrupción de embarazos sin riesgos y menos traumáticos para las mujeres.

El Concejo Municipal de la ciudad de Rosario aprobó el proyecto para que los laboratorios de la provincia de Santa Fe, tanto municipales como provinciales, comiencen a producir misoprostol, la droga que tiene diversos usos en obstetricia, incluida la interrupción de embarazos sin riesgos y menos traumáticos para las mujeres. La iniciativa de las concejalas María Eugenia Schmuck de la UCR y Norma López del FpV fue acompañada por la mayoría de los bloques, aunque siete concejales se abstuvieron por razones de conciencia.

Cuando en 2007 el Ministerio de Salud de la Nación publicó la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles, la Municipalidad de Rosario fue la primera jurisdicción en utilizarla como instrumento en la atención de los abortos no punibles.

Existen dos métodos para interrumpir un embarazo: el quirúrgico -que lo debe realizar un profesional de la salud capacitado y en condiciones de asepsia para que sea seguro- y el farmacológico -que se puede llevar a cabo sin la intervención médica contando simplemente con un asesoramiento previo y un control posterior. La Guía Técnica mencionada, basándose en los protocolos mundiales, establece que queda a criterio de los médicos el tipo de método a utilizar. Pero la Organización Mundial de la Salud y otras instituciones como la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología (Flasog) y el Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro (Clacai) recomiendan recurrir al método farmacológico. Y entre las drogas más recomendadas está el misoprostol, ya que entre otras muchas ventajas médicas, es barato, efectivo, no precisa ser inyectado y puede suministrarse por vía oral, sublingual o vaginal.

Fármacos de la discordia y la especulación

Las drogas utilizadas para la realización de abortos farmacológicos son varias y han provocado polémicas desde hace tiempo. La mifepristona, por ejemplo, es de comercialización prohibida en Argentina porque su uso es exclusivamente abortivo. Sin embargo el misoprostol, que se utiliza en el tratamiento de la úlcera péptica y prevención de la úlcera gástrica, siempre en asociación con un antiinflamatorio, fue de venta libre en el país hasta hace poco tiempo.

El aborto farmacológico es utilizado por las mujeres latinoamericanas desde hace décadas y ha ayudado a la disminución de las muertes por abortos con métodos inseguros. En Argentina, su uso se extendió en los últimos años sobre todo gracias a la acción de las consejerías que brindan información médica, legal y psicológica sobre su uso. Hoy, frente a la persistencia de la ilegalidad del aborto, es el método más utilizado fundamentalmente por las mujeres de más bajos recursos.

Sin embargo, bastó que se popularizara su uso para interrumpir embarazos para que nazca un nuevo modo de lucrar con el cuerpo de las mujeres: el de la especulación farmacéutica. Al requerirse receta archivada para su compra, no sólo aumentó su precio sino que, paralelamente, se desarrolló la venta ilegal, porque muchos médicos se niegan o temen hacer la receta, o porque las mujeres sienten miedo de pedirla. Actualmente muchas pagan hasta cuatro veces más en el mercado negro. Incluso en internet existen miles de ofertas para comprar pastillas, aunque muchas veces las entregan vencidas o adulteradas.

Un avance importante

Si bien el decreto aprobado en Rosario no significa que las mujeres puedan acceder libremente a la compra del misoprostol, representa un paso significativo, ya que fortalece los derechos de las mujeres en los casos de abortos no punibles contemplados en el artículo 86 del Código Penal y ratificados de manera rotunda por el fallo de la Corte Suprema de Justicia en marzo 2012.

Es justamente desde ese año que la ciudad de Rosario lleva adelante una política de acceso al aborto no punible en los centros de atención primaria de la salud con registro de provisión de misoprostol. Y los resultados son contundentes. El director provincial de Políticas de Géneros e Interculturalidad, Daniel Teppaz, relató días atrás a Página/12 cómo en los últimos años se redujeron hasta un 40% los ingresos hospitalarios por complicaciones de aborto en la provincia. Y agregó además que «casi el 90% de las situaciones de aborto no punible se resuelven en atención primaria, de manera ambulatoria, es decir que no requieren internación».

De esta manera, aquellas mujeres cuyo embarazo no deseado se enmarca en un caso de aborto no punible pueden acceder a un aborto seguro y disponer de una droga legal provista por el Estado. Pero además, el hecho de la que misma sea elaborada en laboratorios propios garantiza la amplia disponibilidad y el abaratamiento, representando un duro golpe a la especulación farmacéutica y del mercado negro.

En el resto del país

El proyecto aprobado en Rosario cobra aún más valor si se analiza qué sucede en el resto del país con la aplicación del protocolo de atención para los abortos no punibles. A pesar de lo que establece el artículo 86 del Código Penal y de la recomendación de la Corte Suprema a las provincias para que realicen protocolos con el fin de judicializar cada caso en particular, el proceso para acceder a un aborto en los casos donde hubo violencia sexual o cuando corre peligro la vida de la mujer, es distinta según cada provincia.

De esta manera, de las 24 provincias argentinas sólo 8 son consecuentes con lo dictado por el máximo tribunal, mientras que otras 8 tienen reglamentos que obstaculizan el acceso a los abortos legales y las 8 restantes siguen sin cumplir la sentencia.

Las que no cumplen con ningún proceso legal son: Catamarca, Corrientes, Formosa, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán. Las que sí respetan el fallo de la Corte en la creación de protocolos, pero con exigencias que no estaban establecidas ni en la ley ni en el fallo y pueden implicar una barrera al derecho de las mujeres, son: la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Buenos Aires, Río Negro y Salta.

Los casos más graves de trabas impuestas por encima del Código Penal se dan en Entre Ríos y Salta; en estas provincias directamente no se contempla la interrupción del embarazo cuando corre peligro la vida o salud de la mujer, como sí lo hace la legislación nacional.

Cabe destacar que esta situación absolutamente irregular es posible por responsabilidad exclusiva del Estado nacional: hasta el momento, el Ministerio de Salud de la Nación bajo gestión de Juan Luis Manzur, máximo responsable de la política sanitaria del país, no le ha dado rango de resolución ministerial a la Guía Técnica de Atención Integral de Abortos No Punibles. Esta decisión indudablemente política permite que haya provincias hegemonizadas por los sectores religiosos y políticos más conservadores donde no se respetan los derechos legales de las mujeres.

De esta manera, el Estado nacional es responsable de que existan desigualdades importantes entre las mujeres, ya que el destino de cada una es diferente según en qué provincia vive.

 

María Paula García – @MariaPaula_71

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