Nacionales

21 marzo, 2014

Se ratificó la prohibición de un agroquímico tóxico en Arequito

En 2011 la ciudad de Arequito, provincia de Santa Fe, emitió una ordenanza que prohibía el uso de determinados agroquímicos. La empresa Speedagro SRL presentó una medida cautelar que fue rechazada por la Justicia en primera y segunda instancia.

En 2011 la localidad de Arequito, provincia de Santa Fe, emitió una ordenanza que prohibía el uso de determinados agroquímicos. La empresa Speedagro SRL presentó una medida cautelar que fue rechazada por la Justicia en primera y segunda instancia.

 

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo del distrito judicial Nº 2 de Rosario rechazó el recurso que había presentado la empresa Speedagro SRL contra la ordenanza municipal n° 965 de Arequito. Esta es la segunda apelación que presenta la empresa luego de haber sido rechazada en primera instancia en el año 2012. La firma tenía una instancia más de reclamo en la Corte Suprema, cuyo plazo vencía este miércoles. Tal cual lo confirmó la el jefe comunal, Juan Larrambebere, no se apeló, lo que dejó firme el fallo.

La ciudad de Arequito declaró en el año 2011 la prohibición del uso de productos fitosanitarios de banda roja y de coadyuvantes a base de nonilfenol etoxilado en todo su distrito. Estos tóxicos están prohibidos en Europa pero se aplican en nuestro país como parte de los cocteles de agroquímicos utilizados en la producción agrícola y están permitidos por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

No deja de ser curioso que la misma ciudad donde anualmente se festeja la Fiesta Nacional de la Soja y está enclavada en el área de producción agrícola más importante del país haya impulsado este proyecto. «Ante la imposibilidad de plantear una prohibición total de agrotóxicos, Arequito opta por empezar de esta manera a mejorar su calidad de vida», explicó ante el primer fallo judicial el Dr. Damián Verzeñassi, docente e investigador de la Facultad de Ciencias Médicas del Universidad Nacional de Rosario.

La empresa Speedagro SRL, que comercializa sus fungicidas, herbicidas, insecticidas, fertilizantes y semillas a nivel nacional, había argumentado que la empresa está autorizada por el Senasa para utilizar el componente, presente en el producto Speedwet. Además denunció que la comuna legisló en la materia desconociendo los alcances de la normativa nacional en el rubro.

En ese sentido, el fallo del tribunal dejó en claro que “al Estado federal corresponde el dictado de presupuestos o contenidos mínimos y a las provincias, municipios y comunas el dictado de las normas que sean necesarias para complementarlos”. Por este motivo «las normas inferiores pueden ser diferentes a las de jerarquía superior y, con ello, no violan la supremacía federal, siempre y cuando la discrepancia radique en que la regla inferior protege más que la superior».

Finalmente el tribunal sostuvo: «De allí que es inherente a la función de gobierno y hace a la competencia de la Comisión de la Comuna de Arequito ejercer su propio poder de policía, prohibiendo la utilización de determinado producto en miras a la protección de la salud y del medio ambiente, en salvaguarda del interés público de todos sus habitantes”.

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