América Latina

6 septiembre, 2018

Chile dio media sanción a la ley de identidad de género

El Senado chileno aprobó el martes pasado el proyecto de ley de identidad de género para personas desde 14 años en adelante. Por 26 votos a favor, 14 en contra y ninguna abstención el país latinoamericano reconocerá el derecho de las personas a su identidad autopercibida.

El Senado chileno aprobó el martes pasado el proyecto de ley de identidad de género para personas desde 14 años en adelante. Por 26 votos a favor, 14 en contra y ninguna abstención el país latinoamericano reconocerá el derecho de las personas a su identidad autopercibida.

“Es un tremendo logro que el Senado haya aprobado el proyecto, y que a su vez haya reconocido el derecho a la identidad de género de adolescentes trans», dijo Jimena Lizama, la directora jurídica de Iguales, una de las principales impulsoras de la ley. Sin embargo, «es lamentable que haya excluido a niños y niñas, quienes también son sujetos de derechos, y por ende, también tienen derecho al reconocimiento de su derecho a la identidad de género, tal como lo ha reconocido el Poder Ejecutivo, Judicial, la Corte Interamericana de DDHH, entre otros”, agregó.

La discusión en torno a la iniciativa se dio en un clima tenso debido a las manifestaciones favor y en contra por parte de los presentes en el recinto.

«La sociedad ha cambiado y hay que hacerse cargo de los cambios de la sociedad chilena. La sociedad chilena lo que hace es respetar algo, mientras no traten de imponérselo al resto», afirmó el senador Ricardo Lagos en relación a las objeciones del auditorio. «A nadie lo van a obligar a cambiar su nombre y sexo en el Registro Civil», completó.

De acuerdo al texto de la norma aquellos jóvenes y adolescentes que deseen cambiar su identidad de género y tengan entre 14 y 18 años deberán dirigirse a un tribunal de familia y contar con el respaldo de al menos uno de sus padres o representantes legales. En caso de que nadie apoye la decisión, deberá solicitar la intervención de un juez que determinará si acepta o no el pedido.

En el caso de los adultos, la aprobación del cambio dependerá del estado civil del solicitante. De ser solteros, podrán realizar el pedido ante el Registro Civil, acompañado de dos testigos que den cuenta de que el solicitante entiende los alcances legales del requerimiento. Para aquellas personas que estén casadas, deberán dirigirse a un tribunal de familia y, en el caso de que el juez apruebe el cambio, el matrimonio se dará por terminado.

Además el texto de la ley garantiza a toda persona el derecho a ser reconocida y protegida en su libertad para expresar su identidad de género, lo cual puede incluir modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos.

Asimismo establece la entrega al Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con el Ministerio de Salud, del diseño de programas de acompañamiento profesional, dirigido a niños y adolescentes cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, destinados a otorgarles a ellos y a sus familias, un asesoramiento psicológico y biopsicosocial, que les permitan un desarrollo integral, de acuerdo a su identidad de género.

Si la Cámara de Diputados otorga la media sanción que falta, el presidente Sebastián Piñera tiene un plazo de 30 días para aprobar o rechazar la legislación. Si no hace observaciones en ese periodo, se entiende la ley por aprobada y ésta puede ser promulgada, para luego ser publicada en el Diario Oficial y, en el plazo convenido, entrar en vigencia.

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